Resolución núm. 7, publicada el 05 de Julio de 2022. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 45 DE 2021 Y PROMULGA PLAN REGULADOR INTERCOMUNAL COSTERO REGIÓN DE TARAPACÁ (P.R.I.C.T.), COMUNA DE IQUIQUE, ALTO HOSPICIO Y HUARA, DE 2013 - GOBIERNO REGIONAL DE TARAPACÁ - GOBIERNO REGIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 907120388

Resolución núm. 7, publicada el 05 de Julio de 2022. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 45 DE 2021 Y PROMULGA PLAN REGULADOR INTERCOMUNAL COSTERO REGIÓN DE TARAPACÁ (P.R.I.C.T.), COMUNA DE IQUIQUE, ALTO HOSPICIO Y HUARA, DE 2013

Publicado enDiario Oficial
EmisorGOBIERNO REGIONAL DE TARAPACÁ
Rango de LeyResolución

DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 45 DE 2021 Y PROMULGA PLAN REGULADOR INTERCOMUNAL COSTERO REGIÓN DE TARAPACÁ (P.R.I.C.T.), COMUNA DE IQUIQUE, ALTO HOSPICIO Y HUARA, DE 2013

Núm. 7.- Iquique, 24 de marzo de 2022.

Vistos:

  1. Lo dispuesto en el artículo 34, 35, 36, 37, 38, 39 y 40 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, DFL N° 458 de 1975, artículo 2.1.9 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, en uso de las facultades y competencias legales que me confiere la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, de 1993 y lo establecido en la resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

  2. Los oficios N°s. 958 a 963, del 9 de diciembre de 2011, de la Seremi Minvu Tarapacá, en que remite en consulta Plan Regulador Intercomunal Costero de Tarapacá, comunas de Iquique, Alto Hospicio y Huara, a los Municipios de las tres comunas referidas y vecinos al Plan, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.1.9 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

  3. El oficio N° 263, de fecha 10 de febrero de 2012, mediante el cual la Ilustre Municipalidad de Iquique formula observaciones al Plan Regulador Intercomunal Costero, Región de Tarapacá, comunas de Iquique, Alto Hospicio y Huara.

  4. El oficio N° 140, de fecha 22 de febrero de 2012, de la Municipalidad de Alto Hospicio, mediante el cual dicha entidad señala no tener observaciones al respecto.

  5. La circular DDU N° 247, de fecha 08.05.2011, en que se adjunta Guía para la Evaluación Ambiental Estratégica de los Instrumentos de Planificación Territorial.

  6. Oficio N° 120126/12, de fecha 12.01.2012, mediante el cual se remite informe consolidado de observaciones a la segunda versión del Informe Ambiental del "Plan Regulador Intercomunal Costero, Región de Tarapacá, comunas de Iquique, Alto Hospicio y Huara".

  7. La consulta pública dispuesta mediante resolución exenta N° 57, de fecha 30 de enero de 2012 de la Seremi Minvu de Tarapacá.

  8. La resolución exenta N° 909, de fecha 28.12.2012, en que se dispuso el término de proceso de consulta pública del informe de evaluación ambiental estratégica del Plan Regulador Intercomunal Costero de Tarapacá comunas de Iquique, Alto Hospicio y Huara.

  9. El oficio N° 1069, de fecha 31 de diciembre de 2012, en que se remite el Plan Regulador Intercomunal al Consejo Regional de Tarapacá para su pronunciamiento, conforme lo dispuesto en el Art. 36 letra c) de la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.

  10. Ord. 258, de fecha 26 de marzo de 2013, de la Seremi Minvu, en que solicita pronunciamiento de la División de Desarrollo Urbano respecto a la construcción de viviendas sociales en el borde costero de Tarapacá.

  11. Ord. 136 de la División de Desarrollo Urbano del Minvu, de fecha 26.03.2013, en que emite su pronunciamiento respecto a la consulta señalada en el visto precedente.

  12. Ord. 259 de la Seremi Minvu, de fecha 26.03.2013, mediante el cual se retira el Plan Regulador Intercomunal Costero de Tarapacá de tabla del Consejo Regional.

  13. Ord. 311 de la Seremi Minvu, de fecha 08.04.2013, en que se consulta al Ministerio del Medio Ambiente respecto a la pertinencia de someter a Evaluación Ambiental Estratégica la modificación realizada a la Ordenanza del Plan Regulador.

  14. Ord. 102 del Seremi de Medio Ambiente, de fecha 16.04.2013 en que se remite pronunciamiento del Ministerio respecto a la pertinencia señalada.

  15. El oficio Ord. N° 0332, del 10 de abril de 2013 de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Tarapacá, solicita trámite de aprobación del Plan Regulador Intercomunal Costero Región de Tarapacá, comunas de Iquique, Alto Hospicio y Huara.

  16. El proceso de Evaluación Ambiental Estratégico desarrollado por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de Tarapacá, en el cual se señalan las etapas de desarrollo desde el inicio, la participación de los Órganos de la Administración del Estado vinculados a la materia, las consideraciones ambientales y de desarrollo sustentable, la evaluación de las alternativas y los efectos ambientales del plan.

  17. Que los contenidos del Informe Ambiental son los siguientes:

    1. Los criterios de sustentabilidad son:

      Gradualidad de uso en el territorio: Establecer un criterio de gradualidad en la intensidad de uso del territorio entre las zonas de protección, urbanas, de actividad productiva e infraestructura y de riesgo por desastres naturales, como base para las decisiones de uso y ocupación del suelo en la formulación de territorios de uso preferente.

      Uso eficiente de los recursos hídricos: Tomando en consideración las características geográficas del área de estudio, y las perspectivas de potencial desarrollo regional, se ha incorporado como criterio el uso eficiente de los recursos, lo que, en el contexto del Plan, se deberá expresar fundamentalmente en la consideración que aquellos recursos más escasos, entre los cuales visiblemente el agua dulce disponible constituye un elemento vital, pero exiguo para la Intercomuna.

    2. Los objetivos ambientales son:

      - Restricción de actividades en áreas de Valor Ambiental sin protección oficial.

      - Restricción de actividades en torno a recursos hídricos.

      - Reconocer dentro de las condiciones urbanísticas los elementos singulares de valor paisajístico o elementos patrimoniales y culturales.

      - Localización de actividades de alto impacto, fuera de las áreas urbanas vigentes.

    3. La relación de los aspectos ambientales relevantes en el estudio y la zonificación propuesta por el Plan Regulador Intercomunal Costero es la siguiente:

    4. Los Criterios e indicadores de seguimiento destinados a controlar la eficacia del plan son:

    5. Los Criterios e indicadores de rediseño a considerar para la reformulación del plan en el mediano o largo plazo son:

  18. La Ordenanza del Plan Regulador Intercomunal Costero Región de Tarapacá, comunas de Iquique, Alto Hospicio y Huara, de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Tarapacá, de 2013.

  19. Los Planos Oficiales correspondientes: conformado por las Láminas 1 a la 8, a escala 1:50.000, identificado como PRI Costero Tarapacá.

  20. La Memoria Explicativa del Plan Regulador Intercomunal Costero Región de Tarapacá, comunas de Iquique, Alto Hospicio y Huara, de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Tarapacá, de 2013.

  21. Anexo Participación Ciudadana del Plan Regulador Intercomunal Costero Región de Tarapacá, comunas de Iquique, Alto Hospicio y Huara, de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Tarapacá, de 2013.

  22. El certificado N° 0101/2013 de fecha 17 de abril de 2013, emitido por el Secretario Ejecutivo del Consejo Regional de Tarapacá, que da cuenta que con fecha 16 de abril de 2013, en la VII sesión ordinaria, aprobar el Plan Regulador Intercomunal Costero Región de Tarapacá, comunas de Iquique, Alto Hospicio y Huara, de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Tarapacá.

  23. El oficio N° 992, de fecha 28 de octubre de 2013, del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, remite consulta al Alcalde de la Municipalidad de Pica, en conformidad con lo dispuesto en el Art. 2.1.9. de la O.G.U.C., que no fue respondido en el plazo señalado en dicha norma por el Municipio.

  24. El oficio N° 4.498, de fecha 26 de septiembre de 2014, del Subsecretario de Servicios Sociales del Ministerio de Desarrollo Social, que señala que el Plan Regulador Intercomunal Costero de Tarapacá no requiere de la realización de consulta indígena.

  25. La resolución afecta N° 65, de fecha 14 de agosto de 2018, que aprobó el Plan Regulador Intercomunal Costero Región de Tarapacá, comunas de Iquique, Alto Hospicio y Huara, de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Tarapacá, de 2013.

  26. El oficio N° E164418/2021, de fecha 13 de diciembre de 2021, de la Contraloría Regional de Tarapacá, mediante el cual efectúan nuevas observaciones al Instrumento de Planificación Territorial en comento.

  27. El oficio N° 073, de fecha 3 de febrero de 2022, del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de Tarapacá, por el cual informa el levantamiento de las observaciones emanadas del organismo contralor.

  28. La resolución afecta N° 45, de fecha 9 de julio de 2021, que aprobó el Plan Regulador Intercomunal Costero Región de Tarapacá, comunas de Iquique, Alto Hospicio y Huara, de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Tarapacá, de 2013.

  29. Que se han acogido y subsanado todas las observaciones que, al efecto, realizó la Contraloría Regional de Tarapacá, mediante el acto administrativo referido en el considerando N° 25,

    Resuelvo:

  30. - Déjase sin efecto la resolución N° 45 de fecha 9 de julio de 2021, de este Gobierno Regional de Tarapacá.

  31. - Apruébese el Plan Regulador Intercomunal Costero Región de Tarapacá, comunas...

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