Resolución núm. 699 EXENTA, publicada el 25 de Junio de 2022. RESTITUCIÓN ADMINISTRATIVA DE INMUEBLE FISCAL Y CONCEDE AUXILIO DE FUERZA PÚBLICA - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 906829906

Resolución núm. 699 EXENTA, publicada el 25 de Junio de 2022. RESTITUCIÓN ADMINISTRATIVA DE INMUEBLE FISCAL Y CONCEDE AUXILIO DE FUERZA PÚBLICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyResolución

RESTITUCIÓN ADMINISTRATIVA DE INMUEBLE FISCAL Y CONCEDE AUXILIO DE FUERZA PÚBLICA

Núm. 699 exenta.- Temuco, 18 de mayo de 2022.

Lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Constitución Política de la República; en el DFL N° 1, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado y actualizado fue fijado por el DFL N° 1/19.175, del Ministerio del Interior; Ley 19.880 que Establece Bases sobre los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de la Administración del Estado; el DL 1.939/ 1977, Normas Sobre Adquisición, Administración y Disposición de Bienes del Estado Ministerio de Tierras y Colonización, en su art. 1, inciso segundo; la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; el dictamen de Contraloría General de la República N° 41.443, de 22.12.1995; el artículo 6° del DFL 458, Ley General de Urbanismo y Construcciones; el decreto N° 86 de 11.03.2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra como Delegado Presidencial Regional de la Araucanía a don Raúl Allard Soto; la resolución N°7 de Contraloría General de la República que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; los oficios N° 01 de 03.01.2022 y N° 71 de 20.01.2022, del Alcalde de la Comuna de Lautaro; el oficio N° 54 de 10.01.2022, de esta Delegación Presidencial Regional; el oficio N° 480 de 21.01.2022, de la Seremi de Bienes Nacionales.

Considerando:

  1. Que, es deber de esta Delegación Presidencial Regional, de conformidad a lo establecido en el decreto con fuerza de ley 1-19.175 que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N°19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional del Ministerio del Interior, que señala en su artículo 4 que: "El delegado presidencial provincial ejercerá las atribuciones que menciona este artículo [...], letra H) Ejercer la vigilancia de los bienes del Estado, especialmente de los nacionales de uso público. En uso de esta facultad, el delegado presidencial provincial velará por el respeto al uso a que estén destinados, impedirá su ocupación ilegal o todo empleo ilegítimo que entrabe su uso común y exigirá administrativamente su restitución cuando proceda".

  2. Que, mediante los oficios de los vistos, el Alcalde de la...

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