Resolución núm. 643 EXENTA, publicada el 15 de Febrero de 2018. NOTIFICACIÓN - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 703214657

Resolución núm. 643 EXENTA, publicada el 15 de Febrero de 2018. NOTIFICACIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

NOTIFICACIÓN

Resolución exenta Nº 643, noviembre 24 de 2016; Vistos: Ley Nº 18.755, de 1988; ley Nº 19.880, de 2003; decreto ley Nº 3.557, de 1980; resolución exenta Nº 150, de 2015, del Director Nacional del SAG; resolución exenta Nº 259, de 2016, del Director Regional (S) SAG Antofagasta; Acta de denuncia y citación Nº 50432, 7 de octubre de 2016, cursada a Valentín Heredia Zambrana, cédula de identidad (Bolivia) Nº 5072835, nacionalidad boliviana, domicilio desconocido, que indica: El conductor en su declaración jurada conjunta declara si diciendo que trae hojas de coca, al inspeccionar la cabina del camión en una caja interior se encuentran productos vegetales ocultos. Zanahorias: 1.225 kg; Tomates: 0,645 kg; Considerando: 4.- Que a fojas 9 rola declaración prestada por el denunciado, quien en síntesis expone: Que los productos los adquirió en Bolivia para comer durante el viaje y los declaró en Formulario, sin especificarlos, siendo encontrados en cabina al momento de la revisión, que conoce la obligación de declarar y que no tuvo intención de infringir las normas. 6.- Que la denuncia formulada por los inspectores del Servicio constituye presunción de haberse cometido la infracción; 11.- Que, se estima poco plausible la alegación del denunciado, toda vez que consta de la denuncia que se le consultó qué productos llevaba, al declarar que Sí portaba en Declaración Jurada Conjunta, reconociendo solo Hoja de Coca, este acto implica que de no mediar la impericia del inspector podrán haber pasado los productos vegetales que pueden afectar la sanidad del país, estimándose intento de ingreso clandestino; 12.- Que analizados los antecedentes conforme a las reglas de la sana crítica, se concluye que existe infracción a lo dispuesto en el artículo 21 del DL 3.557...

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