Resolución núm. 6356 EXENTA, publicada el 23 de Mayo de 2017. LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES A LAS REGIONES QUE INDICA, PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL TÍTULO II DEL PROGRAMA DE HABITABILIDAD RURAL, REGULADO POR EL DS N° 10 (V. Y U.), DE 2015, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL Y COLECTIVA A FAMILIAS QUE CUENTEN CON PROYECTOS APROBADOS DE LAS MODALIDADES MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE VIVIENDAS EXISTENTES Y ENTORNO Y EQUIPAMIENTO COMUNITARIO - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 679737421

Resolución núm. 6356 EXENTA, publicada el 23 de Mayo de 2017. LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES A LAS REGIONES QUE INDICA, PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL TÍTULO II DEL PROGRAMA DE HABITABILIDAD RURAL, REGULADO POR EL DS N° 10 (V. Y U.), DE 2015, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL Y COLECTIVA A FAMILIAS QUE CUENTEN CON PROYECTOS APROBADOS DE LAS MODALIDADES MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE VIVIENDAS EXISTENTES Y ENTORNO Y EQUIPAMIENTO COMUNITARIO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES A LAS REGIONES QUE INDICA, PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL TÍTULO II DEL PROGRAMA DE HABITABILIDAD RURAL, REGULADO POR EL DS N° 10 (V. Y U.), DE 2015, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL Y COLECTIVA A FAMILIAS QUE CUENTEN CON PROYECTOS APROBADOS DE LAS MODALIDADES MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE VIVIENDAS EXISTENTES Y ENTORNO Y EQUIPAMIENTO COMUNITARIO

Santiago, 18 de mayo de 2017.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 6.356 exenta.

Visto:

  1. El DS N° 10 (V. y U.), de 2015, que Reglamenta el Programa Habitabilidad Rural;

  2. La resolución exenta N° 3.129 (V. y U.), de fecha 16 de mayo de 2016, que aprueba Cuadro Normativo de Estándar Técnico de Habitabilidad Rural, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 47 del Párrafo I del Capítulo V del DS N°10 (V. y U.), de 2015;

  3. La ley N° 20.898 que establece un procedimiento simplificado para la regularización de viviendas de autoconstrucción;

  4. La resolución exenta N° 3.130 (V. y U.), de fecha 16 de mayo de 2016, que establece factores multiplicadores del monto de subsidio base y grados de aislamiento, para las comunas del país, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 9 del DS N° 10 (V. y U.), de 2015;

  5. La resolución exenta N° 3.131 (V. y U.), de fecha 16 de mayo de 2016, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social a Programa de Habitabilidad Rural que regula el DS N°10 (V. y U.), de 2015;

  6. La resolución exenta N° 3.771 (V. y U.), de fecha 20 de junio de 2016, que establece factores multiplicadores del monto de subsidio base de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras, para proyectos emplazados en comunas y/o localidades con distintos grados de aislamiento;

  7. La resolución exenta N° 8.315 (V. y U.), de fecha 23 de diciembre de 2016, y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2017 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa habitacional regulado por el DS N°10 (V. y U.), de 2015;

    Considerando:

  8. La necesidad de establecer condiciones de postulación, selección, y operación específicas para las Modalidades de proyectos de Mejoramiento y Ampliación de Viviendas Existentes, y Construcción y/o Mejoramiento del Entorno y Equipamiento Comunitario, con el objeto de garantizar una adecuada atención del tipo de demanda existente;

  9. La obligación de aplicar al marco regulatorio del presente Llamado, el nuevo instrumento de caracterización socioeconómica denominado Registro Social de Hogares implementado por el Ministerio de Desarrollo Social, dicto la siguiente:

    Resolución:

Párrafo 1 °: Disposiciones Generales
  1. Llámase a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa de Habitabilidad Rural, del Título II Proyectos de Postulación Directa, en la alternativa postulación individual o colectiva, para el desarrollo de proyectos en las Modalidades Mejoramiento y Ampliación de Viviendas Existentes y Mejoramiento del Entorno y Equipamiento Comunitario, dirigido a familias de las regiones de Coquimbo, Valparaíso, O'Higgins, Maule, Biobío, Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Metropolitana, que cuenten con Expediente de Postulación y proyecto aprobado por Serviu, hasta el día 7 de julio del año en curso. La selección se efectuará con los expedientes y proyectos aprobados, por estricto orden de prelación y hasta agotar la totalidad de los recursos distribuidos para cada región, indicados en el resuelvo número 23 de la presente resolución.

  2. Podrán participar en este proceso de selección, las familias que residan en áreas rurales o urbanas, excluidas las localidades urbanas de 5.000 o más habitantes, de acuerdo a los datos demográficos que consigna el Censo de Población y Vivienda del año 2002; residencia que se verificará a partir del domicilio acreditado en el Registro Social de Hogares (RSH).

  3. Para efectos de implementar el nuevo sistema de calificación socioeconómica dispuesto por el Ministerio de Desarrollo Social, en el proceso de selección contemplado, el concepto de quintil a que alude el DS N° 10 (V. y U.), de 2015, se entenderá de la siguiente manera: por quintil I y II el tramo del 40% de vulnerabilidad; por quintil III el tramo del 41% a 60%; por quintil IV el tramo del 61% al 80%, y por quintil V...

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