Resolución núm. 6189 EXENTA, publicada el 29 de Octubre de 2022. FIJA EXIGENCIAS SANITARIAS PARA LA INTERNACIÓN A CHILE DE CARNES DE CANGURO Y DEROGA RESOLUCIÓN QUE INDICA - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 930833116

Resolución núm. 6189 EXENTA, publicada el 29 de Octubre de 2022. FIJA EXIGENCIAS SANITARIAS PARA LA INTERNACIÓN A CHILE DE CARNES DE CANGURO Y DEROGA RESOLUCIÓN QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

FIJA EXIGENCIAS SANITARIAS PARA LA INTERNACIÓN A CHILE DE CARNES DE CANGURO Y DEROGA RESOLUCIÓN QUE INDICA

Núm. 6.189 exenta.- Santiago, 24 de octubre de 2022.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; la ley Nº 18.164, que introduce modificaciones a la legislación aduanera; la ley Nº 19.162, que establece sistema obligatorio de clasificación de ganado, tipificación y nomenclatura de sus carnes y regula funcionamiento de mataderos, frigoríficos y establecimientos de la industria de la carne, y sus reglamentos; el DFL RRA Nº 16, de 1963, sobre sanidad y protección animal; el decreto Nº 16, de 1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el "Acuerdo de Marrakech", por el que se establece la Organización Mundial del Comercio y los acuerdos anexos, entre ellos, el de la aplicación de las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias; las recomendaciones del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal; el decreto Nº 66, de 2022, del Ministerio de Agricultura, que establece orden de subrogación del Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; la resolución exenta Nº 2.062, de 1995, que fija exigencias sanitarias para la internación de carnes de canguro, del Servicio Agrícola y Ganadero; y la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que establece los actos administrativos exentos del trámite de Toma de Razón.

Considerando:

  1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) es el organismo oficial de Chile, encargado de apoyar el desarrollo de la ganadería, a través de la protección y el mejoramiento de la sanidad animal.

  2. Que, es función del SAG adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción de enfermedades que puedan afectar la sanidad animal.

  3. Que, el Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) de la Organización Mundial de Comercio (OMC) establece que, para armonizar en el mayor grado posible las medidas sanitarias, los miembros basarán sus medidas en las normas, directrices o recomendaciones internacionales.

  4. Que, el Acuerdo de MSF designa a la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) como la organización competente en materia de sanidad animal.

  5. Que, es necesario actualizar las regulaciones nacionales en el ámbito de las exigencias sanitarias para la internación a Chile de carnes de canguro, de acuerdo a la información técnica disponible y las recomendaciones de los organismos internacionales...

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