Resolución núm. 6145 EXENTA, publicada el 10 de Noviembre de 2023. CREA COMISIÓN PÚBLICO-PRIVADA, ASESORA DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL SAG EN MATERIAS DE AUTORIZACIÓN, EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN DE PLAGUICIDAS DE USO AGRÍCOLA Y DEROGA RESOLUCIÓN EXENTA N° 940/1999
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA |
Rango de Ley | Resolución |
CREA COMISIÓN PÚBLICO-PRIVADA, ASESORA DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL SAG EN MATERIAS DE AUTORIZACIÓN, EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN DE PLAGUICIDAS DE USO AGRÍCOLA Y DEROGA RESOLUCIÓN EXENTA N° 940/1999
Núm. 6.145 exenta.- Santiago, 2 de octubre de 2023.
Vistos:
La Ley Nº 18.755 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley Nº 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de bases generales de la administración del Estado; la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; la ley N° 21.489 de Promoción, Protección y Fomento a la Actividad Apícola; el decreto N° 17, de 2023, del Ministerio de Agricultura, que designa Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; la resolución exenta N° 1.557, de 2014, que establece exigencias para la autorización de plaguicidas; la resolución exenta N° 2.195, de 2000, que establece requisitos que deben cumplir las etiquetas de los envases de plaguicidas de uso agrícola, ambas del Servicio Agrícola y Ganadero; la resolución exenta N° 940/1999, Crea el Comité Asesor del Servicio Agrícola y Ganadero para la Evaluación de Plaguicidas de uso agrícola; la resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y
Considerando:
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Que, el objeto del Servicio Agrícola y Ganadero es contribuir al desarrollo agropecuario del país, mediante la protección, mantención e incremento de la salud animal y sanidad vegetal; la protección y conservación de los recursos naturales renovables que inciden en el ámbito de la producción agropecuaria del país y el control de insumos y productos agropecuarios sujetos a regulación en normas legales y reglamentarias.
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Que, el Artículo 35 del decreto ley N° 3.557, dispone que el Servicio Agrícola y Ganadero mediante resolución exenta publicada en el Diario Oficial podrá regular, restringir o prohibir la fabricación, importación, exportación, distribución, venta, tenencia y aplicación de plaguicidas.
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Que la resolución exenta N° 1.557 de 2014, del Servicio, establece las exigencias para la autorización de plaguicidas en Chile, proceso que termina con la autorización de una etiqueta en conformidad a lo establecido en las normativas vigentes.
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Que, el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) tiene dentro de sus funciones y atribuciones, proponer al Servicio Agrícola y Ganadero criterios para el uso de plaguicidas, fertilizantes y sustancias químicas, a fin de resguardar la biodiversidad.
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Que la ley N° 21.489 que establece...
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