Resolución núm. 60, publicada el 22 de Junio de 2022. EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO Nº 3.121, DE 2022, QUE CREA 'COMITÉ DE DESARROLLO DE LA INDUSTRIA DE HIDRÓGENO VERDE' Y FIJA NORMAS QUE REGULARÁN SU FUNCIONAMIENTO; Y APRUEBA SU REGLAMENTO - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 906633389

Resolución núm. 60, publicada el 22 de Junio de 2022. EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO Nº 3.121, DE 2022, QUE CREA 'COMITÉ DE DESARROLLO DE LA INDUSTRIA DE HIDRÓGENO VERDE' Y FIJA NORMAS QUE REGULARÁN SU FUNCIONAMIENTO; Y APRUEBA SU REGLAMENTO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO Nº 3.121, DE 2022, QUE CREA "COMITÉ DE DESARROLLO DE LA INDUSTRIA DE HIDRÓGENO VERDE" Y FIJA NORMAS QUE REGULARÁN SU FUNCIONAMIENTO; Y APRUEBA SU REGLAMENTO

Núm. 60.- Santiago, 31 de mayo de 2022.

Visto:

La Ley Nº 6.640, que crea la Corporación de Fomento de la Producción; el decreto con fuerza de ley Nº 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que Fija Normas que Regirán a la Corporación de Fomento de la Producción; el Reglamento de la Corporación, aprobado por decreto supremo Nº 360, de 1945, del Ministerio de Economía; el artículo 3º de la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, que dispone que las decisiones de los órganos administrativos colegiados deben ejecutarse o llevarse a efecto mediante la dictación de una resolución de la autoridad ejecutiva correspondiente; el decreto supremo Nº 28, de 11 de marzo de 2022, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que nombra en el cargo de Vicepresidente Ejecutivo de Corfo; y lo dispuesto en las resoluciones Nº 7, de 2019, y Nº 16, de 2020, ambas de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y determina montos para ese trámite y establece controles de reemplazo cuando corresponda, respectivamente.

Considerando:

  1. Que, el hidrógeno verde surge como actor relevante para hacer frente a los desafíos de una crisis climática sin precedentes en la historia, en cuyo contexto Chile se comprometió con la acción climática de manera decidida y ambiciosa, anunciando su objetivo de carbono neutralidad al año 2050, permitiendo descarbonizar sectores como el transporte e industrial. Chile tiene la oportunidad de transformar su economía, hoy basada en combustibles fósiles, a una economía establecida en el hidrógeno verde, permitiendo capturar valor local y convirtiéndose en una potencia en la exportación de este energético.

  2. Que, la Corporación de Fomento de la Producción - Corfo, desde sus inicios, ha apoyado el desarrollo de nuevas industrias en nuestro país, siendo un aporte y un motor para el desarrollo de la minería, la agroindustria, la acuicultura, la industria cinematográfica, las energías renovables.

  3. Que, no obstante contar con gran potencial como país en esta nueva industria, sin embargo, para lograr concretar un mercado de hidrógeno verde en Chile e impulsar su desarrollo, se requiere de un ecosistema que permita lograr escala en la producción. Este ecosistema comprenderá agentes demandantes de hidrógeno verde, empresas con trayectoria en Chile (en las industrias relacionadas, eléctricas, combustibles y gases industriales), inversionistas, desarrolladores de tecnología, proveedores de electricidad, productores de hidrógeno y entes reguladores.

  4. Que, el Ministerio de Energía, durante el año 2021, lanzó la "Estrategia Nacional del Hidrógeno Verde", que declara la ambición de industria limpia, para lo que se adelantará la implementación de aplicaciones locales, para luego acceder a mercados de exportación, y que se desarrollará en tres etapas, la primera de ellas, entre el 2020 y 2025, que tiene por objeto "activar la industria doméstica y desarrollar la exportación", a través del inicio de una industria local mediante esfuerzos y regulación que incentiven la producción y que fomenten la demanda de este elemento limpio y sus derivados. El foco estará en las aplicaciones que se encuentren más cerca de mercado y/o que presenten una demanda establecida, concentrada y de gran escala. Así, se generará conocimiento, escala, infraestructura y cadenas de suministro que permitirán a Chile acceder a mercados de exportación.

  5. Que, Corfo es parte del "Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación", creado por la ley Nº 21.105, correspondiéndole, conjuntamente con el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, de acuerdo al artículo 2º, letra b), el ámbito del "fomento productivo, emprendimiento e innovación productiva o empresarial, desarrollo tecnológico para fines productivos y fortalecimiento de recursos humanos para este ámbito".

  6. Que, por decreto Nº 4, de 2020, del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, se aprobó la primera "Política Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación", en la que se definen 4 ejes de acción con sus objetivos, entre los que se encuentra el eje "Futuro", que busca promover y fortalecer el aporte de la Ciencia, la Tecnología, el Conocimiento y la Innovación en la identificación y construcción de posibilidades de futuro para anticiparse, priorizar y construir nuevas y diversas formas de valor, ancladas fundamentalmente en desafíos y singularidades del país; y además, se definen 4 ejes de acción y metas de mediano plazo, entre los que se encuentra el denominado "Eje de Acción Futuro", que se articula en tres dimensiones:

    1. Anticipación: instalando capacidades permanentes, con un enfoque adaptativo y dinámico, para coordinar espacios de participación que permitan y aporten nuevas formas de anticiparse estratégicamente a desafíos y posibilidades de futuro para Chile; ii) Opciones estratégicas: aportando elementos metodológicos para apoyar la priorización estratégica y seguimiento con base en las señales de anticipación, así como desafíos país y singularidades que se identifiquen; y iii) Iniciativas transformadoras: contribuyendo con elementos y capacidades técnicas de diseño y desarrollo de proyectos asociados a las opciones estratégicas, con una lógica de pilotos de rápida retroalimentación y adaptación.

  7. Que, el artículo 7º del decreto con fuerza de ley Nº 211, del Ministerio de Hacienda, de 1960, dispone: "El Consejo podrá, asimismo, delegar en el Vicepresidente Ejecutivo, y a petición de éste, en otros funcionarios de la Institución o en Comités cuyos miembros podrán tener la calidad de Consejeros, de funcionarios de la Corporación o de personas extrañas a ella, que el propio Consejo designará, el conocimiento y resolución de materias determinadas".

  8. Que, por Acuerdo Nº 3.121, de 2022, el Consejo de Corfo creó el denominado "Comité de Desarrollo de la Industria de Hidrógeno Verde" y fijó las normas que regularán su funcionamiento.

    Resuelvo:

    1. Ejecútase el Acuerdo de Consejo Nº 3.121, de 2022, que crea "Comité de Desarrollo de la Industria de Hidrógeno Verde" y Fija Normas que Regularán su Funcionamiento".

    2. Apruébase el Reglamento que regirá al "Comité de Desarrollo de la Industria de Hidrógeno Verde", cuyo tenor es el siguiente:

    "COMITÉ DE DESARROLLO DE LA INDUSTRIA DE HIDRÓGENO VERDE"

TÍTULO I DEL COMITÉ Y SU OBJETO Artículos 1 y 2
Artículo 1º

Créase un Comité, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º del decreto con fuerza de ley Nº 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, dependiente de la Corporación de Fomento de la Producción, en adelante también "Corfo", que actuará bajo la personalidad jurídica de ésta, con el nombre de "Comité de Desarrollo de la Industria de Hidrógeno Verde", en adelante, "Comité". Dicho Comité se regirá por las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, sin perjuicio de la...

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