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Decreto núm. 4, publicado el 27 de Octubre de 2020. APRUEBA 'POLÍTICA NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN
Rango de LeyDecreto

APRUEBA "POLÍTICA NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN"

Núm. 4.- Santiago, 31 de marzo de 2020.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos inciso cuarto, 326, 33 y 35 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en los artículos 20 y octavo transitorio de la ley Nº 21.105, que crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación; en el decreto con fuerza de ley Nº 5, de 2019, del Ministerio de Educación, que fija Planta de Personal de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación y regula otras materias a las que se refiere el artículo noveno transitorio de la ley Nº 21.105; el decreto Nº 3, de 2020, del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, que aprueba el reglamento que determina la estructura interna del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, y crea las unidades funcionales que indica, y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y

Considerando:

  1. Que conforme a lo dispuesto en el artículo octavo transitorio de la ley Nº 21.105, que crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, el decreto supremo que apruebe la primera Política Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación deberá ser dictado dentro de los seis meses siguientes desde la entrada en funcionamiento del Ministerio.

  2. Que, el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación entró en funcionamiento el 1 de octubre de 2019, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 6 del decreto con fuerza de ley Nº 5, de 2019, del Ministerio de Educación.

  3. Que, el artículo 20 de la ley Nº 21.105 establece que la Política Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación será propuesta al Presidente o Presidenta de la República por el Ministro o Ministra de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, y se aprobará por decreto supremo expedido a través del referido Ministerio.

  4. Que con fecha 16 de marzo del año en curso sesionó el Comité Interministerial de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, compuesto por los Ministros de Hacienda, Economía, Fomento y Turismo, Educación y presidido por el Ministro de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, oportunidad en la que se acordó la Política Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación que por este acto se aprueba, y su Plan de Acción.

  5. Que, hoy el país cuenta con una nueva institucionalidad que tiene como una de sus tareas la de coordinar el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, que actualmente muestra buenos índices de productividad y de calidad en el ámbito de la investigación, pero que ha carecido de orientación estratégica y que se ha vinculado poco con la ciudadanía y con el sector productivo, teniendo una influencia poco significativa en la elaboración de políticas públicas.

  6. Que, en el actual escenario mundial la ciencia, la tecnología, el conocimiento y la innovación son agentes transformadores clave para alcanzar un desarrollo integral y sostenible, los que contribuyen a mejorar la calidad de vida de las personas y a desarrollar los territorios.

  7. Que, la Política Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación ha sido elaborada con la colaboración de distintos actores del sector público, del sector privado, de la academia y de la sociedad civil, a través de un proceso participativo y abierto, constituyendo un esfuerzo por pavimentar un camino para promover y fortalecer el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.

Decreto:

Artículo primero

Apruébase la "Política Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación", cuyo texto será el siguiente:

"Política Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación"

  1. Introducción

  2. Visión, Principios y Objetivos

  3. Ejes de Acción y metas de mediano plazo

    1. Vinculación con la Sociedad

    2. Futuro

    3. Fortalecimiento del Ecosistema de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación

    4. Capacidades Institucionales.

  4. INTRODUCCIÓN

    Vivimos momentos de grandes desafíos. El cambio climático, el envejecimiento de la población, las pandemias del siglo 21, los vertiginosos cambios tecnológicos, y la creciente exigencia de participación ciudadana en la toma de decisiones, son ejemplos de espacios donde conviven oportunidades y amenazas.

    Las decisiones que tomemos hoy definirán nuestro futuro y trayectoria hacia el desarrollo, donde el conocimiento tiene un rol determinante. Hacernos de un mejor futuro depende de aprovechar y fortalecer nuestro talento y capacidades de investigación en distintas áreas del saber, así como de potenciar decididamente los canales para generar valor social, cultural y material para la sociedad. Depende también de promover la interacción entre muchas personas e instituciones, públicas y privadas, para generar un ecosistema de calidad y diverso, donde se multipliquen las posibilidades de aportar al bienestar de las personas y de brindar soluciones a grandes desafíos.

    En Chile contamos con un ecosistema que tiene buenos índices de productividad y de calidad en el ámbito de la investigación. Sin embargo, aún es pequeño, fragmentado, centralizado, sin orientación estratégica, con grandes posibilidades de profundizar su vinculación con la ciudadanía y el sector productivo, así como de incidir en la elaboración de políticas públicas.

    Es así como, dotándonos de una institucionalidad moderna, el país estará en mejores condiciones para desarrollar y articular la capacidad de anticiparnos y dar mejores respuestas a través del conocimiento. Parte de esta institucionalidad es la Política Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, en adelante e indistintamente la "Política", conforme a lo mandatado en la ley Nº 21.105, cuerpo legal que le da como tarea fundamental al Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, en adelante e indistintamente el "Ministerio", la responsabilidad de la elaboración de una Política Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, que establece los objetivos y lineamientos generales de las políticas públicas de ciencia, tecnología e innovación para el período presidencial respectivo.

    Esta Política ha sido desarrollada a partir del levantamiento y sistematización de antecedentes -tanto nacionales como internacionales- en la materia, de los aportes entregados por más de mil personas que concurrieron a los diferentes espacios de participación, y del análisis de otras estrategias de carácter nacional y regional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la ley Nº 21.105.

    De esta forma, mediante esta Política -la primera elaborada en el marco de la nueva institucionalidad-, el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación presenta una hoja de ruta para avanzar en la dirección de una sociedad del conocimiento y de un desarrollo integral y sostenible. El Plan de Acción que se ha elaborado junto con esta Política, constituye una instancia de articulación con otros ministerios y servicios públicos, los gobiernos regionales, el sector privado y la sociedad civil, de forma de influir en la elaboración y evaluación de las políticas públicas, aportando a la calidad de vida de las personas, al crecimiento económico, al cuidado del medio ambiente, y al desarrollo de los territorios.

    Los diferentes escenarios de crisis actual son especialmente apropiados para imaginar y construir un futuro colectivamente. El ejercicio de construir una Política y alcanzar sus metas nos ofrece la oportunidad de hacer del periodo inicial 2020-2022, como el momento...

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