Resolución núm. 594 EXENTA, publicada el 30 de Agosto de 2022. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 195 EXENTA, DE 2022, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE AUTORIZA A LA CORPORACIÓN NACIONAL DE CERTIFICACIÓN DE ESPECIALIDADES FARMACÉUTICAS (CONACEF) COMO ENTIDAD CERTIFICADORA DE LAS ESPECIALIDADES QUE SE INDICAN
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Resolución |
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 195 EXENTA, DE 2022, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE AUTORIZA A LA CORPORACIÓN NACIONAL DE CERTIFICACIÓN DE ESPECIALIDADES FARMACÉUTICAS (CONACEF) COMO ENTIDAD CERTIFICADORA DE LAS ESPECIALIDADES QUE SE INDICAN
Núm. 594 exenta.- Santiago, 24 de agosto de 2022.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 4º, Nº 13, del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763 de 1979 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; en el Art. 62 de la ley Nº 19.880; en el Art. 28, letra m) del DS Nº 136, de 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento orgánico de esta Secretaría de Estado; en el DS Nº 8 de 2013, de los Ministerios de Salud y Educación, Reglamento de certificación de las especialidades de los prestadores individuales de salud y de las entidades que las otorgan; en la resolución exenta Nº 422, de 10 de marzo de 2010, del Ministerio de Salud, que aprueba "Normas para la autorización de entidades certificadoras de especialidades y subespecialidades aludidas en el reglamento de certificación de las especialidades de los prestadores individuales de salud y de las entidades que las otorgan"; y en la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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- Que el Ministerio de Salud dictó la resolución exenta Nº 195, de 23 de febrero de 2022, por medio de la cual se autorizó a la Corporación Nacional de Certificación de Especialidades Farmacéuticas (Conacef), como entidad certificadora de especialidades farmacéuticas o químico farmacéuticas; así como en las especialidades bioquímicas que se singularizan en ese acto, en el contexto del Sistema de certificación de especialidades y subespecialidades de los prestadores individuales de salud, legalmente habilitados para ejercer sus respectivas profesiones, y cuyo reglamento se contiene en el DS Nº 8, de 2013, de los Ministerios de Salud y Educación.
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- Que por medio de resolución exenta Nº 357, de 9 de mayo de 2022, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, se rectifica la resolución exenta Nº 195, ya singularizada, en cuanto se advierte un error en el numeral 2 resolutivo, en cuanto a las especialidades bioquímicas que se autoriza a certificar por la Corporación Nacional de Certificación de Especialidades Farmacéuticas (Conacef).
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- Que a través de resolución exenta IP/Nº 2.268, de 13 de junio de 2022, la Intendencia de Prestadores de la Superintendencia de Salud...
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