Resolución núm. 565 EXENTA, publicada el 11 de Mayo de 2022. DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN EL JEFE DE LA DIVISIÓN DE DESARROLLO URBANO DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 903162009

Resolución núm. 565 EXENTA, publicada el 11 de Mayo de 2022. DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN EL JEFE DE LA DIVISIÓN DE DESARROLLO URBANO DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN EL JEFE DE LA DIVISIÓN DE DESARROLLO URBANO DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

Santiago, 4 de mayo de 2022.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 565 exenta.

Visto:

La Ley N° 16.391, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; el DL N° 1.305, de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; DFL 1-19.175, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que el Presidente de la República transferirá, a uno o más Gobiernos Regionales, en forma temporal o definitiva, una o más competencias de los Ministerios y de los Servicios Públicos a que se refiere el artículo 28 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el DFL 1-19.653, en materias de ordenamiento territorial, fomento de las actividades productivas y desarrollo social y cultural, y ordenará las adecuaciones necesarias en los órganos cuyas competencias se transfieran.

  2. Que el artículo 21 sexies.- del DFL 1-19.175, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley N° 19.175, señala que intervendrán en el procedimiento de transferencia de competencia, un Comité Interministerial de Descentralización, presidido por el Ministro del Interior y Seguridad Pública y conformado, además, por los Ministros de Hacienda y Secretario General de la Presidencia y por el o los Ministros a quienes correspondan las competencias cuyo ejercicio se evalúa transferir, cuya función será asesorar al Presidente de la República, mediante las recomendaciones correspondientes, en materia de transferencia de competencias a los Gobiernos Regionales.

  3. Que, a fin de evaluar y transferir seis competencias desde el nivel central a los Gobiernos Regionales, entre las cuales se identifica la señalada en los artículos 36 y siguientes de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, el Comité Interministerial de Descentralización sesionara, dicto la siguiente:

Resolución:

  1. Delégase, en el Jefe de la División de Desarrollo Urbano, la facultad de asistir a las sesiones del Comité Interministerial de Descentralización, presidido por la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR