Resolución núm. 565 EXENTA, publicada el 11 de Mayo de 2022. DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN EL JEFE DE LA DIVISIÓN DE DESARROLLO URBANO DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO |
Rango de Ley | Resolución |
DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN EL JEFE DE LA DIVISIÓN DE DESARROLLO URBANO DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Santiago, 4 de mayo de 2022.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 565 exenta.
Visto:
La Ley N° 16.391, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; el DL N° 1.305, de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; DFL 1-19.175, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
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Que el Presidente de la República transferirá, a uno o más Gobiernos Regionales, en forma temporal o definitiva, una o más competencias de los Ministerios y de los Servicios Públicos a que se refiere el artículo 28 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el DFL 1-19.653, en materias de ordenamiento territorial, fomento de las actividades productivas y desarrollo social y cultural, y ordenará las adecuaciones necesarias en los órganos cuyas competencias se transfieran.
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Que el artículo 21 sexies.- del DFL 1-19.175, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley N° 19.175, señala que intervendrán en el procedimiento de transferencia de competencia, un Comité Interministerial de Descentralización, presidido por el Ministro del Interior y Seguridad Pública y conformado, además, por los Ministros de Hacienda y Secretario General de la Presidencia y por el o los Ministros a quienes correspondan las competencias cuyo ejercicio se evalúa transferir, cuya función será asesorar al Presidente de la República, mediante las recomendaciones correspondientes, en materia de transferencia de competencias a los Gobiernos Regionales.
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Que, a fin de evaluar y transferir seis competencias desde el nivel central a los Gobiernos Regionales, entre las cuales se identifica la señalada en los artículos 36 y siguientes de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, el Comité Interministerial de Descentralización sesionara, dicto la siguiente:
Resolución:
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Delégase, en el Jefe de la División de Desarrollo Urbano, la facultad de asistir a las sesiones del Comité Interministerial de Descentralización, presidido por la...
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