Resolución núm. 558 EXENTA, publicada el 13 de Diciembre de 2014. DECLARA SUSPENDIDAS LAS OPERACIONES DE CRÉDITO PRENDARIO EN LA UNIDAD DE RANCAGUA DEL SERVICIO Y DETERMINA CONSECUENCIAS DE DICHA SUSPENSIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DEL CRÉDITO PRENDARIO - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 548808338

Resolución núm. 558 EXENTA, publicada el 13 de Diciembre de 2014. DECLARA SUSPENDIDAS LAS OPERACIONES DE CRÉDITO PRENDARIO EN LA UNIDAD DE RANCAGUA DEL SERVICIO Y DETERMINA CONSECUENCIAS DE DICHA SUSPENSIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DEL CRÉDITO PRENDARIO
Rango de LeyResolución

DECLARA SUSPENDIDAS LAS OPERACIONES DE CRÉDITO PRENDARIO EN LA UNIDAD DE RANCAGUA DEL SERVICIO Y DETERMINA CONSECUENCIAS DE DICHA SUSPENSIÓN

Santiago, 18 de noviembre de 2014.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 558 exenta.- Vistos y Considerando:

  1. El daño ocasionado por desconocidos que ingresaron a la Unidad de Crédito de Rancagua en la madrugada del día 9 de noviembre del año en curso, que impidió a partir de esa fecha operar adecuadamente a dicha Unidad, por lo que, por razones de fuerza mayor ha debido suspender sus operaciones;

  2. Que en razón de lo anterior, los usuarios se han visto imposibilitados, por una causa no imputable a ellos, de poder realizar cualquier operación, incluidas la renovación de créditos, la amortización, el cobro de excedentes y rescate;

  3. Que, en consecuencia, a partir del 7 de noviembre, último día en que funcionó con normalidad la Unidad de Rancagua, resulta necesario suspender las subastas de especies por no pago oportuno de créditos, así como el monto devengado de intereses asociados a los mismos, por cuanto, como ya se indicó, a los usuarios del Servicio les ha sido imposible realizar las operaciones respectivas, por un hecho no imputable a ellos;

  4. La facultad conferida al Director General del Crédito Prendario en la letra m) del artículo 10 del DFL Nº 16, de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social;

Teniendo Presente: La ley 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado; la ley 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos; el DFL Nº 16, de 02.01.86, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo, y la resolución No 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República;

Resuelvo:

Primero: Decláranse suspendidas las Operaciones de Crédito Prendario en la Unidad de Rancagua a partir del 7 de noviembre de 2014, al ser el último día en que operó con normalidad dicha Unidad, como consecuencia de los hechos previamente descritos;

Segundo: Suspéndanse en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR