Resolución núm. 5136 EXENTA, publicada el 18 de Octubre de 2023. APRUEBA PROGRAMAS DE ESTUDIO DE 6° BÁSICO PARA LA ASIGNATURA DE LENGUA Y CULTURA DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS ANCESTRALES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 949950839

Resolución núm. 5136 EXENTA, publicada el 18 de Octubre de 2023. APRUEBA PROGRAMAS DE ESTUDIO DE 6° BÁSICO PARA LA ASIGNATURA DE LENGUA Y CULTURA DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS ANCESTRALES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

APRUEBA PROGRAMAS DE ESTUDIO DE 6° BÁSICO PARA LA ASIGNATURA DE LENGUA Y CULTURA DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS ANCESTRALES

Núm. 5.136 exenta.- Santiago, 5 de octubre de 2023.

Visto:

Lo dispuesto en la Constitución Política de la República; en el decreto Nº 236, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el Convenio Nº 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes de la Organización Internacional del Trabajo; en la ley Nº 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.253 que establece normas sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena; en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Educación; en el decreto Nº 280, de 2009, del Ministerio de Educación; en el decreto Nº 66, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social; en el decreto Nº 301, de 2017, del Ministerio de Educación; en el decreto Nº 97, de 2020, del Ministerio de Educación, que establece las Bases Curriculares de la Asignatura de Lengua y Cultura de los Pueblos Originarios Ancestrales para los cursos de 1º a 6º año de Educación Básica; en el oficio ordinario Nº 48, de 2023, de la Coordinadora Nacional de la Unidad de Currículum y Evaluación; en la resolución Nº 114, que ejecuta el Acuerdo Nº 50, de 2 de mayo de 2023, del Consejo Nacional de Educación; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y,

Considerando:

  1. - Que, el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, en adelante Ley General de Educación, establece en su artículo 29, los objetivos generales de la educación básica, señalando en su inciso segundo que en aquellos establecimientos educacionales con alto porcentaje de alumnos indígenas, se considerará, además, como objetivo general que los alumnos y alumnas desarrollen los aprendizajes que les permitan comprender diversos tipos de textos orales y escritos, y expresarse en forma oral en su lengua indígena;

  2. - Que, con fecha 21 de julio de 2020, se dicta el decreto supremo Nº 97, del Ministerio de...

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