Resolución núm. 5 EXENTA, publicada el 22 de Agosto de 2023. AUTORIZA EL LLAMADO PÚBLICO A PRESENTAR SOLICITUDES DE ACREDITACIÓN PARA OBTENER LA CALIDAD DE ORGANISMO ACREDITADO DEL SERVICIO NACIONAL DE REINSERCIÓN SOCIAL JUVENIL, PARA IMPLEMENTAR LOS PROGRAMAS RELACIONADOS CON LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS Y SANCIONES DE LA LEY N° 20.084, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 941669411

Resolución núm. 5 EXENTA, publicada el 22 de Agosto de 2023. AUTORIZA EL LLAMADO PÚBLICO A PRESENTAR SOLICITUDES DE ACREDITACIÓN PARA OBTENER LA CALIDAD DE ORGANISMO ACREDITADO DEL SERVICIO NACIONAL DE REINSERCIÓN SOCIAL JUVENIL, PARA IMPLEMENTAR LOS PROGRAMAS RELACIONADOS CON LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS Y SANCIONES DE LA LEY N° 20.084, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyResolución

AUTORIZA EL LLAMADO PÚBLICO A PRESENTAR SOLICITUDES DE ACREDITACIÓN PARA OBTENER LA CALIDAD DE ORGANISMO ACREDITADO DEL SERVICIO NACIONAL DE REINSERCIÓN SOCIAL JUVENIL, PARA IMPLEMENTAR LOS PROGRAMAS RELACIONADOS CON LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS Y SANCIONES DE LA LEY N° 20.084, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA

Núm. 5 exenta.- Santiago, 16 de agosto de 2023.

Visto:

Lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N° 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 21.430, sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia; en la ley N° 21.527 que crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil e introduce modificaciones a la ley N° 20.084 sobre responsabilidad penal de adolescentes, y a otras normas que indica; en la ley N° 20.084,que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal; en la Convención sobre los Derechos del Niño promulgada por el decreto supremo N° 830, de 1990, del Ministerio de Relaciones Exteriores; en la resolución exenta N° 4/2023, del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, que formaliza el acuerdo del consejo de estándares y acreditación referido a la aprobación de estándares de acreditación para organismos, que administren los programas relacionados con la ejecución de las medidas y sanciones de la ley N° 20.084, en los términos que indica; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención de trámite de toma de razón, en las demás normas vigentes, pertinentes y aplicables; y

Considerando:

Que, la ley N° 21.527 en adelante la ley, en su artículo 1° crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil como un servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, bajo la supervigilancia del presidente de la República a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

Que el artículo 2° de la ley, en cuanto a su objeto, establece que el Servicio es la entidad especializada responsable de administrar y ejecutar las medidas y sanciones contempladas por la ley N° 20.084, mediante el desarrollo de programas que contribuyan al abandono de toda conducta delictiva, a la integración social de los sujetos de su atención y a la implementación de políticas de carácter intersectorial en la materia;

Que, el literal b) del artículo 13 de la ley prescribe que corresponderá al Servicio ejecutar, directamente o a través de organismos acreditados las medidas y sanciones aplicadas a los sujetos de atención en conformidad a la ley N° 20.084, conforme al modelo de intervención a que se refiere el Título II de la ley;

Que, el artículo 29 de la ley, establece que el Servicio establecerá un modelo de intervención de aplicación nacional y vinculante para la ejecución de las sanciones y medidas, entendiéndose por tal un conjunto estructurado de acciones especializadas basadas en...

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