Resolucion núm. 498, el 05 de Agosto de 2004. PROMULGA MODIFICACION Y ACTUALIZACION PLAN REGULADOR COMUNAL DE LA SERENA - GOBIERNO REGIONAL IV REGIÓN DE COQUIMBO - GOBIERNO REGIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 917858322

Resolucion núm. 498, el 05 de Agosto de 2004. PROMULGA MODIFICACION Y ACTUALIZACION PLAN REGULADOR COMUNAL DE LA SERENA

Publicado enDiario Oficial
EmisorGOBIERNO REGIONAL IV REGIÓN DE COQUIMBO
Rango de LeyResolución

PROMULGA MODIFICACION Y ACTUALIZACION PLAN REGULADOR COMUNAL DE LA SERENA

Núm. 498.- La Serena, 2 de julio de 2004.- Vistos:

1º Los artículos 20 letra f); 24 letra p) y 36 letra c) de la Ley Orgánica Constitucional de Gobierno y Administración Regional Nº 19.175, modificada por ley Nº 19.778, de 10 de diciembre de 2001;

2º Lo dispuesto en los artículos 41, 42, 43, 44 y 45 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, cuyo texto fue fijado por el D.F.L. Nº 458 de 1975, modificado por el artículo 3º de la ley 19.778 de 10 de diciembre de 2001; en los artículos 2.1.1; 2.1.2, 2.1.3, 2.1.4, 2.1.6; 2.1.10; 2.1.11 y 2.1.12 de la ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, aprobada por decreto supremo Nº 47 de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, modificado por decreto supremo Nº 75, de 25 de junio de 2001 y decreto supremo Nº 33, de 20 de abril de 2002, de la misma Secretaria de Estado:

3º La resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República y sus modificaciones.

Y considerando:

1º El oficio Nº 1.310, de 26 de abril de 2004, del Señor Contralor Regional de Coquimbo, por medio del cual devuelve sin cursar la resolución Nº 020, de 14 de enero de 2004, del Gobierno Regional de Coquimbo, Promulgatoria de la Modificación y Actualización del Plan Regulador Comunal de La Serena, por las razones que en ese documento se señalan.

2º El ordinario Nº 883, de 16 de junio de 2004, del Sr. Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Coquimbo que remite al Gobierno Regional de Coquimbo para su aprobación el Expediente de Modificación y Actualización Plan Regulador Comunal de La Serena, compuesto de Memoria Explicativa del Proyecto, los Estudios de Factibilidad de agua potable y alcantarillado, la ordenanza local y la Planimetría correspondiente, acompañado de nuevo Informe Técnico favorable emitido a través de su Unidad de Desarrollo Urbano, que complementa y corrige el informe emitido con anterioridad, atendidas las observaciones formuladas por la Contraloría Regional de Coquimbo.

2º El certificado de fecha 14 de junio de 2004, del Secretario Municipal de La Serena, por medio del cual acredita que el Concejo Municipal de La Serena, en su Sesión Extraordinaria Nº 531, de fecha 24 de mayo de 2004, aprobó las respuestas a las observaciones efectuadas por la Contraloría Regional al proyecto de Modificación del Plan Regulador de la comuna de La Serena.

3º El acuerdo Nº 2.639, adoptado por el Consejo Regional del Gobierno Regional de Coquimbo en la sesión extraordinaria Nº 116, celebrada el 22 de junio de 2004, que acuerda otorgar nueva aprobación a la propuesta de Modificación y Actualización del Plan Regulador Comunal de La Serena, sobre la base del nuevo informe Técnico favorable emitido por la Secretaria Regional de Vivienda y Urbanismo y los documentos mencionados en los considerandos anteriores.

4º El Ord. Nº 578-03 de fecha 23 de junio de 2004 de la Sra. Secretaria Ejecutiva del Consejo Regional del Gobierno Regional de Coquimbo, dirigido al Sr. Intendente y Ejecutivo del Gobierno Regional de Coquimbo, en el que se adjunta Certificado Nº 1.526 de fecha 22 de junio de 2004, que acredita el Acuerdo Nº 2.639 del Consejo Regional que aprobó el proyecto Modificación y Actualización del Plan Regulador Comunal de La Serena, se dicta lo siguiente,

Resolución:

1º.- Promúlgase la Modificación y Actualización del Plan Regulador Comunal de La Serena en los mismos términos en que fue aprobado en el acuerdo Nº 2.639 adoptado por el Consejo Regional del Gobierno Regional de Coquimbo, en la Sesión Extraordinaria Nº 116, celebrada el 22 de junio de 2004.

  1. - Publíquese en el Diario el texto integro de esta resolución y de la ordenanza local pertinente.

Anótese, tómese razón, comuníquese, publíquese y archívese.- Felipe del Río Goudie, Intendente Regional Ejecutivo del Gobierno Regional, Región de Coquimbo.

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

CONTRALORIA REGIONAL COQUIMBO

Unidad Jurídica

Cursa con alcance resolución Nº 498, de julio de 2004, del Gobierno Regional de Coquimbo

Oficio Nº 2.170.- La Serena, 19 de julio de 2004.-

Esta Contraloría Regional ha dado curso a la resolución señalada en el epígrafe, mediante la cual se promulga la Modificación y Actualización del Plan Regulador Comunal de La Serena, pero cumple con hacer presente que lo dispuesto en el artículo 19, inciso 2º y artículo 30, condicionante C-5, de la ordenanza que se aprueba, no puede tener otro alcance que el disponer la aplicación irrestricta del artículo 62, de la ley General de Urbanismo y Construcciones a todas aquellas instalaciones existentes y cuyo uso no se conformare con el o los usos contemplados en el presente Plan Regulador.

Saluda atentamente a US., Gonzalo Fernández Behncke, Contralor Regional de Coquimbo (S).

Al Señor

Felipe del Río Goudie

Intendente Regional

Ejecutivo del Gobierno Regional

Región de Coquimbo

Presente

ORDENANZA LOCAL DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE LA SERENA

TITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 9
CAPITULO I NORMAS GENERALES Artículos 1 a 7
ARTICULO 1

DEFINICIÓN

La presente Ordenanza del Plan Regulador Comunal de La Serena, contiene normas referentes a límite urbano, zonificación, usos de suelo, densidades, condiciones de subdivisión predial, de edificación, de urbanización y vialidad, y otros aspectos que regirán dentro del área territorial del Plan, graficada en los Planos P.R.C.L.S.

2002-01 al P.R.C.L.S. 2002-05 en adelante El Plano y que complementan la información contenida en esta Ordenanza.

ARTICULO 2

DOCUMENTOS DEL PLAN

REGULADOR COMUNAL

El Plan Regulador Comunal de La Serena, en adelante el "Plan Regulador Comunal", está formado por los siguientes documentos, todos los cuales constituyen un solo cuerpo legal:

1 Memoria Explicativa.

2 Estudio de Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado.

3 Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal.

4 Plano ( dividido en 5 partes) identificado como:

PRCLS 2004-01 al PRCLS 2004-05 a escala 1:5.000, en los cuales se señala, entre otros, el límite urbano, zonificación,zonas de restricción,áreas verdes proyectadas y existentes y la vialidad Estructurante existente y proyectada .

ARTICULO 3

AREA TERRITORIAL NORMADA

El área territorial en que se aplicará el Plan Regulador, corresponde al territorio de la Comuna de La Serena delimitado por la línea poligonal cerrada que une los puntos 1 al 21 graficados en el Plano, cuya descripción se indica en el Articulo 9 de la presente Ordenanza.

ARTICULO 4

ALCANCES DE LA ORDENANZA

Todos los aspectos relacionados al desarrollo urbano que no se encontraren resueltos por las disposiciones de la presente Ordenanza, se regirán por las normas de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (D.F.L. Nº 485 V. Y U. de 1975), de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, y por las demás disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre la materia, y sus modificaciones.

ARTICULO 5

APLICACIÓN

Corresponde a la Dirección de Obras Municipales de La Serena, la responsabilidad en la aplicación y observancia de las normas de la presente Ordenanza y a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la IV Región, la supervigilancia de su cumplimiento y la interpretación técnica de sus contenidos.

ARTICULO 6

EXCAVACIONES

En el área urbana normada por el presente Plan, estará prohibido practicar excavaciones con fines distintos a los de edificación, sin una expresa autorización de la Dirección de Obras Municipales.

ARTICULO 7

SANCIONES

La inobservancia de las disposiciones de esta Ordenanza será sancionada de acuerdo a lo previsto en los Artículos 20 al 26 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza General,y sus modificaciones.

CAPITULO II DEFINICIONES Y NORMAS GENERALES Artículo 8
ARTICULO 8

DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

Los siguientes términos tienen en esta Ordenanza, el significado que se indica:

Altura de Edificación

Según definición de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Altura Máxima de Edificación

Altura de Edificación en metros, normada en la presente Ordenanza en los artículos 73 y 74, para las distintas zonas, dentro de la cual debe inscribirse la edificación según definición anterior.

Amortiguador Ambiental

Corresponde a la incorporación de vegetación perenne (setos vivos, árboles, áreas verdes u otros similares) para disminuir los impactos de una zona, edificación u otra instalación, así como vialidad expresa, respecto de los predios contiguos y/o hacia la vía Pública.

Antejardín

Área entre la línea oficial y la línea de edificación de un predio, sobre la cual no se permite la edificación de carácter definitivo.

Cierros Vivos

Cierro divisorio o medianero de un predio con el espacio público u otro predio, constituido por vegetación, arbustos, árboles, setos, etc., de hoja perenne. Ellos serán considerados como 100 % transparentes para efectos de esta Ordenanza .Podrán tener una altura máxima de 2,00 m., salvo en los sectores industriales, en donde podrán tener hasta 5,00 m.. Detrás de los cierros vivos, podrán instalarse cierros de otro material, siempre y cuando sean 100 % transparentes, y que no sean vistos desde el exterior.

Cobertizo

Construcción ligera constituida por pilares o columnas...

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