Resolución núm. 4821 EXENTA, publicada el 08 de Octubre de 2019. APRUEBA BASES PARA LA POSTULACIÓN E INTEGRACIÓN DE LA 'RED MAESTROS DE MAESTROS', DEL PROGRAMA DE APOYO A LA DOCENCIA, AÑO 2019 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 816771961

Resolución núm. 4821 EXENTA, publicada el 08 de Octubre de 2019. APRUEBA BASES PARA LA POSTULACIÓN E INTEGRACIÓN DE LA 'RED MAESTROS DE MAESTROS', DEL PROGRAMA DE APOYO A LA DOCENCIA, AÑO 2019

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

APRUEBA BASES PARA LA POSTULACIÓN E INTEGRACIÓN DE LA "RED MAESTROS DE MAESTROS", DEL PROGRAMA DE APOYO A LA DOCENCIA, AÑO 2019

Núm. 4.821 exenta.- Santiago, 24 de septiembre de 2019.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley N° 18.956 de 1990, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley N° 19.715, que otorga un mejoramiento especial de remuneraciones para los Profesionales de la Educación; en la ley N° 20.158, que establece diversos beneficios para profesionales de la educación y modifica distintos cuerpos legales; en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2002, del Ministerio de Educación, que fija las normas que estructuran y organizan el funcionamiento y operación de la Asignación de Excelencia Pedagógica y la Red Maestros de Maestros a que se refieren los artículos 16 a 18 de la ley N° 19.715; en el decreto supremo N° 270, de 2002, del Ministerio de Educación, que reglamenta el programa de Apoyo a la Docencia Red Maestros de Maestros; en la Ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1996, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.070, que aprobó el Estatuto de los Profesionales de la Educación, y en las resoluciones N° 6, N° 7 y N° 8, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, la ley N° 19.715, de 2001, que otorga un mejoramiento especial de remuneraciones para los Profesionales de la Educación, dispone en su artículo 16 que se creará un Programa de Apoyo a la Docencia que se denominará "Red Maestros de Maestros", en adelante "la Red", con el propósito de fortalecer la profesión docente, mediante el aprovechamiento de las capacidades de los profesionales previamente acreditados como docentes de excelencia, a través de su contribución al desarrollo profesional del conjunto de los docentes de aula.

  2. Que, el decreto con fuerza de ley N° 1, del año 2002, del Ministerio de Educación, que fija las normas que estructuran y organizan el funcionamiento y operación de la Asignación de Excelencia Pedagógica y la Red Maestros de Maestros, a que se refieren los artículos 16 al 18 de la ley N° 19.715, junto a su Reglamento, contenido en el decreto supremo N° 270, del año 2002, del Ministerio de Educación.

  3. Que, los artículos 8° y 9° del citado reglamento establecen que, el Ministerio de Educación, a través del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas, convocará, al menos una vez al año a un proceso de postulación voluntaria para la selección nacional de docentes que deseen incorporarse a la Red de Maestros de Maestros, debiendo para cada proceso aprobarse las bases de postulación correspondientes.

  4. Que, conforme a la normativa precedentemente señalada, es necesario aprobar las presentes Bases para la Postulación e Incorporación al Programa de Apoyo a la Docencia, Red Maestros de Maestros.

Resuelvo:

Artículo 1°

Apruébese las Bases de Postulación e Integración de la "Red Maestros de Maestros", del Programa de Apoyo a la Docencia, año 2019, cuyo texto es el siguiente:

BASES Y PROCESO DE POSTULACIÓN PARA INCORPORACIÓN A LA RED "MAESTROS DE MAESTROS", DEL PROGRAMA DE APOYO A LA DOCENCIA, AÑO 2019

  1. CONVOCATORIA:

    La Subsecretaría de Educación, a través del Centro de Perfeccionamiento Experimentación e Investigaciones Pedagógicas (CPEIP), convoca al proceso de postulación voluntaria correspondiente al año 2019, para la selección nacional de docentes que deseen incorporarse a la Red de Maestros de Maestros, en adelante "la Red", cuyo propósito es fortalecer la profesión docente, mediante el aprovechamiento de las capacidades de los/as profesionales que cumplen con los requisitos previstos en la ley, a través de su contribución al desarrollo profesional del conjunto de los docentes de aula, conforme a lo dispuesto en la ley N° 19.715, y el decreto supremo N° 270, de 2002, del Ministerio de Educación.

    La presente convocatoria se regirá por las Bases aprobadas en este acto administrativo, por las aclaraciones y respuestas que se publiquen, si existieren y que se entienden forman parte integrante de las bases; por el DFL N° 1, de 2002, y su reglamento, contenido en el decreto N° 270, del año 2002, ambos del Ministerio de Educación, y en todo lo no regulado, por lo dispuesto en la ley N° 19.880 que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.

  2. PARTICIPANTES:

    Podrán participar en la presente convocatoria los/as profesionales de la educación que cumplan con los siguientes requisitos:

    a) Tratándose de profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos del sector municipal, estos deben encontrarse reconocidos en el tramo de desarrollo profesional avanzado, experto I o experto II, del Sistema de Desarrollo Profesional Docente, según lo establecido en el título III del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1996, del Ministerio de Educación. En el caso de profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos del sector particular subvencionado o en establecimientos regidos por el decreto ley N° 3.166 de 1980, estos deben encontrarse acreditados/as, en el respectivo tramo de la Asignación de Excelencia Pedagógica (AEP), de acuerdo con su desarrollo profesional.

    b) Participar de un mecanismo voluntario para integrarse a la Red, que al efecto diseñará la Subsecretaría de Educación, a través del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas.

    c) Desempeñarse como docente de aula en establecimientos subvencionados o establecimientos regidos por el decreto ley N° 3.166 de 1980, con un mínimo de 20 horas de aula semanales en los establecimientos de educación prebásica, básica o educación media. Se considerarán dentro del total de horas acumuladas todos los contratos o designaciones que tenga el o la respectivo(a) profesional.

    d) No haber sido rechazada su postulación en una convocatoria previa, dentro de los cuatro años anteriores a la presente. Es decir, no encontrarse en la nómina de proyectos rechazados en los procesos de postulación a "la Red" en los...

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