Resolución núm. 474 EXENTA, publicada el 21 de Octubre de 2016. FIJA NUEVO AVALÚO POR GRAMO DE ORO LEY DE FINO 18 KTES PARA LOS CRÉDITOS DEL RUBRO ALHAJAS - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 651617997

Resolución núm. 474 EXENTA, publicada el 21 de Octubre de 2016. FIJA NUEVO AVALÚO POR GRAMO DE ORO LEY DE FINO 18 KTES PARA LOS CRÉDITOS DEL RUBRO ALHAJAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyResolución

FIJA NUEVO AVALÚO POR GRAMO DE ORO LEY DE FINO 18 KTES PARA LOS CRÉDITOS DEL RUBRO ALHAJAS

Santiago, 18 de octubre de 2016.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 474 exenta.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado; en el DFL N° 16, de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo, y la resolución N° 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, existiendo las disponibilidades presupuestarias y atendiendo a las necesidades de nuestros usuarios, es posible mejorar la calidad del préstamo otorgado sobre las garantías prendarias del rubro Alhajas, para lo cual se requiere modificar la tabla de valores actualmente en uso del gramo de oro y otros metales nobles utilizado en el cálculo de los créditos con prenda civil.

  2. La resolución N° 403 de fecha 30/08/2016 que "Fija nuevo avalúo por gramo de oro para los créditos del rubro alhajas".

  3. Que, el Departamento de Tasaciones en su Informe Técnico de fecha 14 de octubre de 2016, estableció los montos máximos de avalúo por gramo de metal noble que deben ser considerados en el cálculo de los préstamos con garantía prendaria.

  4. Certificado de disponibilidad presupuestaria del Departamento de Contabilidad con fecha 17 de octubre de 2016.

  5. El oficio ordinario Gesdoc N° 8441 del 28.11.2011 del Departamento Jurídico que sostiene la Autonomía del Servicio en la fijación del valor del gramo de oro en virtud de los argumentos que en dicho documento se exponen, y

  6. Las facultades entregadas al Director General del Servicio, según lo dispuesto en el DFL N° 16, de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo, especialmente lo establecido en el artículo 10, letra l), y

    Resuelvo:

  7. Modifíquese avalúo por el gramo de metales nobles Ley de Fino 18 Ktes., utilizando en el cálculo de los préstamos con garantía prendaria del rubro alhajas conforme a las siguientes tablas y las siguientes condiciones:

    (a) A contar del 24 de octubre y hasta el 15 de noviembre:

  8. Establécese, que será responsabilidad de los Administradores de las Unidades de Crédito la difusión de lo resuelto en los numerales precedentes entre el personal a su cargo, como así también será responsabilidad del Subdepartamento de Informática y del Departamento de Crédito realizar, en las fechas indicadas en el numeral precedente, los ajustes que correspondan al Sistema OCP para...

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