Resolución núm. 4734 EXENTA, publicada el 18 de Noviembre de 2020. PRORROGA MEDIDAS DISPUESTAS EN LA RESOLUCIÓN N° 2.437 EXENTA, DE 2020, DE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 852036908

Resolución núm. 4734 EXENTA, publicada el 18 de Noviembre de 2020. PRORROGA MEDIDAS DISPUESTAS EN LA RESOLUCIÓN N° 2.437 EXENTA, DE 2020, DE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

PRORROGA MEDIDAS DISPUESTAS EN LA RESOLUCIÓN N° 2.437 EXENTA, DE 2020, DE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN

Núm. 4.734 exenta.- Santiago, 9 de noviembre de 2020.

Visto:

Lo dispuesto en el DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en los decretos Nos 104, 269 y 400, todos de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en el decreto Nº 4, de 2020, del Ministerio de Salud, y sus modificaciones; en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales; en los decretos N os 289 y 315, ambos de 2010, Nº 148, de 2016, y Nº 128, de 2017, todos del Ministerio de Educación; en las resoluciones exentas N os 180, 217, 322, 479, 591 y 635, todas de 2020 y del Ministerio de Salud; en el dictamen Nº 3.620, de 2020, de Contraloría General de la República; en las resoluciones exentas N os 2.437, 3.104, 3.567, 4.124, 4.476, 4.615 y 4.682 todas de 2020 y de la Subsecretaría de Educación; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y,

Considerando:

Que, en el contexto del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por Calamidad Pública, decretado en todo el Territorio Nacional, y la alerta sanitaria decretada por el Ministerio de Salud, se han suspendido las clases en todos los establecimientos educacionales del país, desde el 16 de marzo y hasta que las condiciones sanitarias permitan el levantamiento de esta medida;

Que, mediante dictamen Nº 3.610, de 2020, de la Contraloría General de la República, se señala la facultad de los jefes superiores de los servicios para suspender los plazos en los procedimientos administrativos o para extender su duración, sobre la base de la situación de caso fortuito que se viene produciendo;

Que, con el fin de resguardar la salud de los funcionarios de este servicio y otros, así como velar por el cumplimiento de las funciones y los derechos de los...

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