Resolucion núm. 4692 EXENTA, el 29 de Abril de 2004. APRUEBA TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA POSTULACION Y ADJUDICACION DE PLANES DE ORIENTACION VOCACIONAL Y LABORAL, PROGRAMA DE EDUCACION Y CAPACITACION PERMANENTE CHILE CALIFICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Rango de Ley | Resolución |
APRUEBA TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA POSTULACION Y ADJUDICACION DE PLANES DE ORIENTACION VOCACIONAL Y LABORAL, PROGRAMA DE EDUCACION Y CAPACITACION PERMANENTE "CHILE CALIFICA"
Núm. 4.692 exenta.- Santiago, 24 de marzo de 2004.- Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 18.962 Orgánica Constitucional de Enseñanza; artículo 4º ley Nº 18.956 que Reestructura el Ministerio de Educación; ley Nº 19.915; Acuerdo de Préstamo Nº 7106-CH de fecha 20 de junio de 2002 suscrito entre la República de Chile y el Banco Interamericano de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y la resolución Nº 520 de 1996 y sus modificaciones, de Contraloría General de la República, dicto la presente
R e s o l u c i ó n:
Apruébense Términos de Referencia para el Desarrollo de Planes de Orientación Vocacional y Laboral que se indican con cargo al Programa de Educación y Capacitación Permanente Chile Califica año 2004, cuyo texto es el siguiente:
TERMINOS DE REFERENCIA PARA EL DESARROLLO DE PLANES DE ORIENTACION VOCACIONAL Y LABORAL 2004
Primero: Propósito de los Planes de Orientación Vocacional
El Programa de Educación y Capacitación Permanente contempla una línea de trabajo denominada "Servicios de Consejería y Orientación Vocacional y Laboral". Esta línea pretende adjudicar en un plazo de tres años un total aproximado de 318 Planes de Orientación Vocacional y Laboral integrando a la totalidad de establecimientos de educación regidos por el DFL (Ed.) Nº 2 de 1988 y el decreto ley Nº 3.166 de 1980, que voluntariamente integren Redes de Orientación Vocacional y Laboral.
Esta línea tiene entre sus propósitos fomentar que los Establecimientos de Enseñanza Media y Educación Media para Adultos, agrupados en redes de cinco establecimientos, preparen un Plan de Orientación Vocacional y Laboral y accedan a fondos del Programa para apoyar en el proceso de toma de decisiones en el ámbito educativo y laboral a las y los estudiantes.
Excepcionalmente, se podrían constituir redes de menos de cinco establecimientos cuando éstos se encuentren en condición de extrema lejanía y aislamiento, las que serán autorizadas expresamente por la Coordinación Nacional del Programa Chile Califica y el Secretario Regional Ministerial de Educación correspondiente.
El Ministerio de Educación invita a los establecimientos subvencionados de Enseñanza Media y Educación Media para Adultos regidos por el DFL (Ed.) Nº 2 de 1988 y el decreto ley Nº 3.166 de 1980 pertenecientes a una misma comuna y/o que tengan proximidad geográfica a conformar redes para la elaboración de Planes de Orientación Vocacional y Laboral. El Programa financiará, durante el año 2004, hasta un máximo de 117 Planes.
Un Plan de Orientación Vocacional y Laboral, en adelante el Plan, es una propuesta de acción innovadora, cuyo objetivo es apoyar a las y los estudiantes en las proyecciones de su desarrollo educacional y laboral, generada por una Red de Orientación. Estos Planes pretenden mejorar los Servicios de Consejería y Orientación Vocacional y Laboral y, por tanto, introducir una nueva dinámica en los procesos de orientación de los establecimientos educacionales de enseñanza media.
La preparación y puesta en marcha de este Plan de Orientación Vocacional y Laboral es una tarea eminentemente participativa. Por una parte, el orientador de cada establecimiento educacional deberá realizar un diagnóstico de la función de la orientación vocacional y laboral de su establecimiento con la participación del equipo directivo, docentes, estudiantes y apoderados. Por otra parte, la red de orientadores/as elaborará un Plan de Orientación Vocacional y Laboral sobre la base de una visión compartida de problemas y necesidades que pueden ser abordadas a través del mismo, para lo cual el diagnóstico de cada establecimiento educacional constituye un antecedente de alto valor.
Distribución Regional Planes 2004:
Durante el año 2004, se financiarán Planes de Orientación Vocacional y Laboral en ocho (8) regiones del país. El siguiente cuadro detalla el número de Planes que se financiarán por región:
Región Total Regional Planes
Máximo
II 8
IV 14
V 20
VIII 21
IX 1
XI 3
XII 4
XIII 46
Total
Planes 2004 117
Segundo: Objetivos de los Planes
a) Objetivo general:
Los Planes de Orientación Vocacional y Laboral están destinados a generar opciones que permitan una búsqueda activa de información personal, del mercado laboral, de las oportunidades del mundo educativo y de capacitación local y nacional, necesaria para que las y los estudiantes puedan tomar decisiones informadas respecto de su futuro educativo y/o laboral.
b) Objetivos Específicos:
(1) Articular el esfuerzo de los establecimientos educacionales de enseñanza media, que constituyen la red, para ofrecer información y experiencias que faciliten a las y los estudiantes y sus familias la toma de decisiones de continuidad de estudios, cursos de capacitación o de inserción laboral.
(2) Desarrollar espacios de relación activa entre las instituciones educativas que integran la red con centros de formación y capacitación, centros productivos, servicios privados y públicos de intermediación laboral, organizaciones laborales y de empresarios.
(3) Promover formas efectivas de gestión de los Servicios de Orientación Vocacional y Laboral que optimicen las condiciones en las que éstos se imparten, mejorando las capacidades de detección de intereses y aptitudes de las y los estudiantes, el acceso y uso de sistemas de información, las condiciones institucionales en que se desarrolla el servicio al interior de los liceos y el desarrollo de mayores competencias profesionales de orientadores y docentes para ejercer esa función.
Tercero: Instituciones participantes y redes
a) Podrán postular al financiamiento de Planes de Orientación Vocacional y Laboral redes de establecimientos de educación regidos por el DFL (Ed.) Nº 2 de 1998 y el decreto ley Nº 3.166 de 1980:
i. de enseñanza media que atiendan a jóvenes y adultos,
ii. de modalidad científico humanista y/o técnico profesional, y
iii. que perciben subvención o aporte del Estado.
Los establecimientos educacionales mencionados deberán contar con Reconocimiento Oficial e impartir Planes de Estudio estructurados en niveles, años, ciclos o semestres aprobados por el Ministerio de Educación.
Se entenderá por Red: un conjunto de cinco establecimientos...
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