Resolución núm. 4610 EXENTA, publicada el 02 de Agosto de 2021. ESTABLECE MEDIDA PROVISIONAL PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN 1.482/2014, QUE ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA EL INGRESO DE FRUTOS FRESCOS DE MELÓN (CUCUMIS MELO) Y SANDÍA (CITRULLUS LANATUS), PROCEDENTES DE BRASIL
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA |
Rango de Ley | Resolución |
ESTABLECE MEDIDA PROVISIONAL PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN 1.482/2014, QUE ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA EL INGRESO DE FRUTOS FRESCOS DE MELÓN (CUCUMIS MELO) Y SANDÍA (CITRULLUS LANATUS), PROCEDENTES DE BRASIL
Núm. 4.610 exenta.- Santiago, 23 de julio de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; ley Nº 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; el decreto ley 3.557, de 1980 del Ministerio de Agricultura sobre Protección Agrícola; el decreto Nº 510, de 2016, del Ministerio de Agricultura, que habilita puertos para la importación de mercancías sujetas a revisión del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto Nº 112, de 2018, del Ministerio de Agricultura, que nombra al Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; las resoluciones Nºs 1.465, de 1981, 3.080, de 2003, 3.815, de 2003, 133, de 2005, 1.804, de 2020, 1.284, de 2021 y las Circulares Nºs 156 y 160, de 2020, todas del Servicio Agrícola y Ganadero; el Oficio Presidencial 003/2020, que imparte instrucciones y medidas de prevención y reacción por casos de brote de COVID-19 a los ministerios y a los servicios públicos que dependan o se relacionen a través de ellos; el decreto Nº 104/2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declara Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por Calamidad Pública, en el territorio de Chile; Oficio 133/2021/DSV/SDA/MAPA del Ministerio de Agricultura, Pecuaria y Abastecimiento de Brasil (MAPA).
Considerando:
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Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante SAG, es la autoridad nacional encargada de velar por el patrimonio fito y zoosanitario del país y, bajo este marco, está facultada para adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción al territorio nacional de plagas y enfermedades que puedan afectar la salud animal y vegetal, las que pueden provenir de mercancías importadas.
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Que, en virtud de esta facultad, el SAG dictó la resolución Nº 1.482, de 2014, la que establece requisitos fitosanitarios para el ingreso de frutos frescos de melón (Cucumis melo) y sandía (Citrullus lanatus), procedentes de Brasil, y aprueba "Plan de Trabajo para la exportación de frutas frescas para consumo de melón (Cucumis melo) y sandía (Citrullus lanatus) desde Brasil a Chile, procedentes de algunos municipios del...
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