Resolución núm. 4352 EXENTA, publicada el 12 de Octubre de 2018. MODIFICA Y RECTIFICA RESOLUCIÓN Nº 3.510 EXENTA, DE FECHA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2018, DEL SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 742035673

Resolución núm. 4352 EXENTA, publicada el 12 de Octubre de 2018. MODIFICA Y RECTIFICA RESOLUCIÓN Nº 3.510 EXENTA, DE FECHA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2018, DEL SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

MODIFICA Y RECTIFICA RESOLUCIÓN Nº 3.510 EXENTA, DE FECHA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2018, DEL SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA

Núm. 4.352 exenta.- Valparaíso, 2 de octubre de 2018.

Visto:

Hoja de Envío/DSP/Nº 135675 de fecha 3 de septiembre de 2018; la resolución exenta Nº 3.510 de 14 de agosto de 2018, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura; el Informe Técnico SSP Nº 1057 de fecha 20 de julio del año 2018, de la Subdirección de Pesquerías, remitido a través de Hoja de Envío/SPP/Nº 133162 de igual fecha; lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 5 del año 1983, y sus modificaciones, del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; la Ley Nº 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 430 del año 1991, por el actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y sus modificaciones; el decreto supremo Nº 129 del año 2013, que "Establece Reglamento para la Entrega de Información de Pesca y Acuicultura y la Acreditación de Origen"; el decreto supremo Nº 730 de 1995 y el decreto supremo Nº 72 de 2011, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; la resolución exenta Nº 2.523 de 1 de junio de 2017; la resolución exenta Nº 2.796 de 24 de diciembre de 2009; la resolución exenta Nº 1.469 de 14 de julio de 2012; la resolución exenta Nº 5.988 de 17 de julio de 2015; la resolución exenta Nº 7.655 de 25 de agosto de 2015; la resolución exenta Nº 8.931 de 25 de octubre de 2016, modificada por la resolución exenta Nº 2.650 de 9 de junio de 2017; la resolución exenta Nº 1.319 del año 2014, que "Establece el procedimiento, las condiciones y requisitos generales que se deben cumplir para acreditar el origen legal de los recursos hidrobiológicos y sus productos derivados"; y la resolución exenta Nº 11.228 de 7 de diciembre de 2015, todas del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura; y la resolución Nº 1.600 del año 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 25 y 28 letra a), del decreto con fuerza de ley Nº 5, citado en Visto, corresponde en general al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, en adelante "el Servicio", ejecutar la política pesquera nacional y fiscalizar su cumplimiento, confiriéndose a su Director Nacional la atribución de dictar...

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