Resolución núm. 4247 EXENTA, publicada el 14 de Agosto de 2021. EJECUTA ACUERDO DEL CONSEJO DE LA COMISIÓN PARA EL MERCADO FINANCIERO MEDIANTE EL CUAL SE DESIGNA AL MIEMBRO DEL COMITÉ PARA LA FIJACIÓN DE LÍMITES A LAS TASAS DE INTERCAMBIO Y SU SUBROGANTE SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 4° DE LA LEY N° 21.365 - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 874490614

Resolución núm. 4247 EXENTA, publicada el 14 de Agosto de 2021. EJECUTA ACUERDO DEL CONSEJO DE LA COMISIÓN PARA EL MERCADO FINANCIERO MEDIANTE EL CUAL SE DESIGNA AL MIEMBRO DEL COMITÉ PARA LA FIJACIÓN DE LÍMITES A LAS TASAS DE INTERCAMBIO Y SU SUBROGANTE SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 4° DE LA LEY N° 21.365

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyResolución

EJECUTA ACUERDO DEL CONSEJO DE LA COMISIÓN PARA EL MERCADO FINANCIERO MEDIANTE EL CUAL SE DESIGNA AL MIEMBRO DEL COMITÉ PARA LA FIJACIÓN DE LÍMITES A LAS TASAS DE INTERCAMBIO Y SU SUBROGANTE SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 4° DE LA LEY N° 21.365

Núm. 4.247 exenta.- Santiago, 6 de agosto de 2021.

Vistos:

Lo dispuesto en el decreto ley N° 3.538, que Crea la Comisión para el Mercado Financiero; en los artículos 3, 4, 5 y 6 de la Ley N° 21.365, que fija las tasas de intercambio máximas a ser cobradas por los emisores en el mercado de medios de pago a través de tarjetas de crédito, débito y prepago; en el DFL N° 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de la Administración del Estado; en el artículo 17 de la Normativa Interna de Funcionamiento de la Comisión para el Mercado Financiero, cuyo texto refundido fue fijado en la resolución exenta N° 1.857 de 2021; en el decreto supremo N° 437 del Ministerio de Hacienda del año 2018, teniendo presente lo establecido en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, el artículo 3 de la Ley N° 21.365, que fija las tasas de intercambio máximas a ser cobradas por los emisores en el mercado de medios de pago a través de tarjetas de crédito, débito y prepago (en adelante la "Ley"), publicada en el Diario Oficial el 6 de agosto de 2021, establece la creación del Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio (en adelante el "Comité"), como un organismo de carácter técnico, autónomo, que se relacionará con el Presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda, cuya función será determinar los límites a las tasas de intercambio aplicables a transacciones con tarjetas, entre emisores y operadores, correspondientes a la venta de bienes o la prestación de servicios por entidades afiliadas en el país, sea que los pagos respectivos se realicen en forma directa o por intermedio del respectivo titular de marca de tarjetas.

  2. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4 de la citada ley, corresponde a la Comisión del Mercado Financiero designar a uno de los cuatro miembros del referido Comité, así como a quien lo subrogue.

  3. Que, de conformidad al precepto citado...

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