Resolución núm. 36, publicada el 23 de Abril de 2016. DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN EL GOBERNADOR PROVINCIAL DE ARICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA |
Rango de Ley | Resolución |
DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN EL GOBERNADOR PROVINCIAL DE ARICA
Núm. 36.- Arica, 16 de febrero de 2016.
Vistos:
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La Ley Nº 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;
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La Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de Administración del Estado;
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Las facultades que me confiere el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, que fija texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley 19.175 del Ministerio del Interior, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional;
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La Ley Nº 20.175, que crea la XV Región de Arica y Parinacota y la Provincia del Tamarugal en la Región de Tarapacá;
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La Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; el decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones que aprueba el reglamento del citado cuerpo legal;
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Los recursos aprobados en la ley Nº 20.882 de fecha 5 de diciembre de 2015, Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2016;
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La resolución exenta Nº 2.530 de fecha 29 de noviembre de 2012, que delega facultades al Gobernador de Arica;
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El Ord. Nº 1.832, de fecha 30 de diciembre de 2015 del Gobernador de Arica, a través del cual se solicita la delegación de facultades, para el proyecto de readecuación del Complejo Fronterizo Chacalluta;
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La resolución exenta Nº 352 de fecha 11 de febrero de 2016, que deja sin efecto resolución exenta Nº 632/2015;
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El oficio Nº264, de fecha 22 de enero de 2016, de la Contraloría General de la República;
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La resolución Nº 1.600, del 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas de Exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando:
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Que, la gestión de la Región debe observar los principios de responsabilidad, eficiencia, eficacia y debida coordinación en la administración de los recursos públicos y en el cumplimiento de funciones y objetivos que la ley ha encomendado a la autoridad regional y provincial;
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Que, anualmente la Ley de Presupuesto del Sector Público asigna recursos a los Complejos Fronterizos para su adecuado funcionamiento y ejecución de proyectos de inversión;
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Que, de acuerdo al artículo 2, letra n) de la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional de Gobierno y Administración Regional, corresponde al Intendente, en su calidad de representante del Presidente...
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