Resolución núm. 335 EXENTA, publicada el 23 de Abril de 2020. PRORROGA Y COMPLEMENTA EXIGENCIA DE REQUISITOS ESPECIALES PARA LA OPERACIÓN DE VUELOS NO REGULARES HACIA CHILE - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 843837077

Resolución núm. 335 EXENTA, publicada el 23 de Abril de 2020. PRORROGA Y COMPLEMENTA EXIGENCIA DE REQUISITOS ESPECIALES PARA LA OPERACIÓN DE VUELOS NO REGULARES HACIA CHILE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

PRORROGA Y COMPLEMENTA EXIGENCIA DE REQUISITOS ESPECIALES PARA LA OPERACIÓN DE VUELOS NO REGULARES HACIA CHILE

Núm. 335 exenta.- Santiago, 16 de abril de 2020.

Vistos:

La Constitución Política de la República; el DFL Nº 241, de 1960, que fusiona y reorganiza diversos servicios relacionados con la aviación civil; el DFL Nº 1, de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el DL Nº 2.564, de 1979, que dicta normas sobre aviación comercial; el decreto supremo Nº 4, de 2020, del Ministerio de Salud, y sus modificaciones; el decreto supremo Nº 104, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declara estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile; el decreto supremo Nº 102, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que dispone cierre temporal de lugares habilitados para el ingreso y egreso de extranjeros, por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV) y sus modificaciones; el Convenio de Aviación Civil Internacional suscrito en Chicago en 1944 y promulgado en Chile por decreto supremo Nº 509 bis de 1957; el Código Aeronáutico; el decreto supremo Nº 95, de 2019, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución exenta Nº 280, de 25 de marzo de 2020, de la Junta de Aeronáutica Civil; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y demás normativa aplicable.

Considerando:

  1. Que, el 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud concluyó que el Covid-19 puede considerarse como una pandemia;

  2. Que, atendidas las particulares condiciones que el mundo y el país experimentan con motivo del coronavirus Covid-19, con fecha 25 de marzo de 2020, se dictó la resolución exenta Nº 280, citada en Vistos, con el objeto de controlar más estrictamente por quince días, prorrogable, la llegada de vuelos no regulares de empresas extranjeras al territorio nacional para evitar la propagación del virus;

  3. Que, en Chile se reportó el primer caso de Covid-19 con fecha 3 de marzo de 2020, existiendo actualmente más de siete mil quinientos casos confirmados y más de ochenta personas fallecidas;

  4. Que las condiciones sanitarias consideradas para la dictación de la resolución exenta Nº 280, de 2020, se mantienen en la actualidad, siendo necesario extender la...

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