Resolución núm. 33 EXENTA, publicada el 20 de Enero de 2023. DETERMINA NÚMERO MÁXIMO DE CUPOS POR REGIÓN EN EL MARCO DE LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA PAGO DE CUIDADORES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD, SEGÚN LOS RECURSOS CONSIDERADOS EN LA LEY Nº 21.516 DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2023 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 919874429

Resolución núm. 33 EXENTA, publicada el 20 de Enero de 2023. DETERMINA NÚMERO MÁXIMO DE CUPOS POR REGIÓN EN EL MARCO DE LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA PAGO DE CUIDADORES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD, SEGÚN LOS RECURSOS CONSIDERADOS EN LA LEY Nº 21.516 DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2023

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA
Rango de LeyResolución

DETERMINA NÚMERO MÁXIMO DE CUPOS POR REGIÓN EN EL MARCO DE LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA PAGO DE CUIDADORES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD, SEGÚN LOS RECURSOS CONSIDERADOS EN LA LEY Nº 21.516 DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2023

Núm. 33 exenta.- Santiago, 17 de enero de 2023.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley Nº 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y modifica cuerpos legales que indica; en la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto con fuerza de ley Nº 7.912, de 1927, del Ministerio del Interior, decreto que organiza las secretarías del Estado; en el decreto ley Nº 1.028, que precisa atribuciones y deberes de los subsecretarios de Estado; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.516 de presupuesto de ingresos y gastos del Sector Público para el año 2023; en el decreto Nº 15, de 2012, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Evaluación Social, que aprueba reglamento del artículo 4º de la ley Nº 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia; en el decreto Nº 28, de 2016, del entonces denominado Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Servicios Sociales, que aprueba reglamento para la ejecución de la asignación "Programa Pago de Cuidadores de Personas con Discapacidad"; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y en las demás normas vigentes, pertinentes y aplicables.

Considerando:

  1. Que, el decreto Nº 28, de 2016, del entonces denominado Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Servicios Sociales, aprobó el reglamento para la ejecución de la asignación "Programa Pago de Cuidadores de Personas con Discapacidad", en adelante el "Reglamento", con el propósito de ejecutar el pago a los cuidadores y cuidadoras de personas con dependencia severa del "Programa de Atención Domiciliaria a Personas con Dependencia Severa", del Ministerio de Salud.

  2. Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del artículo 2º del reglamento, el "Estipendio" corresponderá a un subsidio administrado por el Ministerio de...

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