Resolución núm. 323 EXENTA, publicada el 10 de Febrero de 2022. ASIGNA CÓDIGO IDENTIFICADOR DE LA RED DE ORIGEN Y DESTINO DE LA LLAMADA (IDO/IDD) EN AMBIENTE DE PORTABILIDAD NUMÉRICA PARA LA CONCESIONARIA QUE INDICA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 896240516

Resolución núm. 323 EXENTA, publicada el 10 de Febrero de 2022. ASIGNA CÓDIGO IDENTIFICADOR DE LA RED DE ORIGEN Y DESTINO DE LA LLAMADA (IDO/IDD) EN AMBIENTE DE PORTABILIDAD NUMÉRICA PARA LA CONCESIONARIA QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

ASIGNA CÓDIGO IDENTIFICADOR DE LA RED DE ORIGEN Y DESTINO DE LA LLAMADA (IDO/IDD) EN AMBIENTE DE PORTABILIDAD NUMÉRICA PARA LA CONCESIONARIA QUE INDICA

Santiago, 2 de febrero de 2022.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:

Núm. 323 exenta.

Vistos:

  1. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley ;

  2. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;

  3. La ley Nº 20.471 de 2010, que Crea Organismo Implementador para la Portabilidad Numérica;

  4. El decreto supremo Nº 747 de 1999, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Plan Técnico Fundamental de Numeración Telefónica, y sus modificaciones;

  5. La resolución exenta Nº 340 de 2010, de la Subsecretaría, que establece especificaciones técnicas para la implantación de la Portabilidad del Número de Suscriptor y Cliente de Prepago en la Red Pública Telefónica Local, Móvil y del mismo Tipo, y de la Portabilidad de Servicio Complementario;

  6. La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón;

  7. El decreto Nº 151 de 2021, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorga la concesión de Servicio Público de Voz sobre Internet a Todored SpA;

  8. La solicitud ingresada por Todored SpA, concesionaria de Servicio Público de Voz sobre Internet, mediante ingreso Subtel Nº 192249 de 26 de noviembre de 2021.

    Considerando:

  9. Que, una vez implementada la portabilidad en el país, es necesario introducir información de encaminamiento adicional a la que tradicionalmente existió para encaminar correctamente cada llamada de los usuarios y suscriptores que han portado su número;

  10. Que, según quedó establecido en la resolución del literal e) de los vistos, la Subsecretaría debe asignar a cada operadora los códigos IDO/IDD, que identificarán de manera indubitada la red de origen y de destino de cada llamada en ambiente de portabilidad;

  11. Que, debido a que una misma empresa, en algunos casos, posee diversas concesiones y para efectos de un uso eficiente de los códigos IDO/IDD, es necesario asignar códigos distintos para distintas concesiones;

  12. Que, es necesario asignar nuevos códigos IDO/IDD, complementando los ya asignados.

    Resuelvo:

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