Resolución núm. 31 AFECTA, publicada el 25 de Abril de 2005. APRUEBA ACTUALIZACION DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE EL TABO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | GOBIERNO REGIONAL V REGIÓN DE VALPARAÍSO |
Rango de Ley | Resolución |
APRUEBA ACTUALIZACION DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE EL TABO
Núm. 31-4-190 afecta.- Valparaíso, 13 de diciembre de 2004.- Vistos:
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- El acuerdo del Consejo Regional Nº 4517/11/04, adoptado en sesión ordinaria Nº 388 de fecha 4 de noviembre de 2004, en virtud del cual se aprobó la actualización al Plan Regulador de la Comuna de El Tabo, con las correcciones efectuadas por la Contraloría Regional de Valparaíso mediante oficio 2674 de fecha 15 de junio de 2004.
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- Informe técnico favorable de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo remitido al Gobierno Regional de Valparaíso mediante ordinario 1516 de fecha 8 de octubre de 2004.
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- Oficio ordinario Nº 2674 de fecha 15 de junio de 2004 de la Contraloría Regional de Valparaíso que devuelve con observaciones la resolución Nº31/4/31 del año 2004 del Gobierno Regional, referida a la promulgación del Plan Regulador de El Tabo.
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- Resolución exenta Nº 43/2001 de fecha 22 de enero de 2001 de la Comisión Regional de Medio Ambiente que calificó favorablemente la modificación al Plan Regulador objeto de la presente resolución.
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- Certificado del Secretario Municipal de la I. Municipalidad de El Tabo que deja constancia del acuerdo del H. Concejo Municipal de fecha 5 de julio de 2004 que aprobó por unanimidad las modificaciones introducidas al Plan Regulador de la Comuna de El Tabo, según lo señalado por la Contraloría Regional de la República.
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- Decreto alcaldicio Nº 1003 de la I. Municipalidad de El Tabo que aprueba las modificaciones efectuadas al proyecto Plan Regulador Comunal de El Tabo.
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- Lo dispuesto en los artículos 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; artículo 20 letra f), 24 letra p) y 36 inciso 1 de la ley 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.
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- Lo contemplado en la resolución Nº 520 del 15 de noviembre de 1996, modificada por la resolución Nº 117 de 13.03.01, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la resolución Nº 55 de 24.01.92, todas de la Contraloría General de la República.
Considerando:
-
- Que por resolución afecta número 31/4/31 del 21 de abril de 2004, el Sr. Intendente Regional, en su calidad de Organo Ejecutivo del Gobierno Regional de la Región de Valparaíso, procedió a aprobar y promulgar la Actualización del Plan Regulador Comunal de El Tabo.
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- Que la resolución señalada precedentemente fue devuelta con observaciones por la Contraloría Regional de Valparaíso.
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- Que, se ha subsanado las observaciones formuladas por el ente Contralor.
Resuelvo:
-
- Téngase por aprobada la actualización del Plan Regulador Comunal de El Tabo, aprobado por decreto supremo Nº 156/84 Minvu, publicado en el Diario Oficial con fecha 12 de diciembre de 1984 y modificado por resolución afecta Nº 31/496 del Gobierno Regional de la Región de Valparaíso, con fecha 10 de junio de 2002. La actualización que se tiene por aprobada es la siguiente:
La presente Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de El Tabo, Balnearios de El Tabo y Las Cruces, establece las normas referentes a las disposiciones que regirán el límite urbano, zonificación, usos de suelo, condiciones de subdivisión predial, de edificación, de urbanización y vialidad dentro del área territorial del Plan. Se grafican en los Planos PRC-ET-LC 01 y 02, escala 1:5.000, en adelante los Planos que complementa la información gráfica contenida en ellos y que junto a la Memoria Explicativa y Estudio de Factibilidad Sanitaria forman un solo cuerpo legal.
Las áreas de aplicación del presente Plan Regulador Comunal de El Tabo, Balnearios de El Tabo y Las Cruces, corresponden al área urbana, entendiendo por ella la definida por las líneas poligonales cerradas determinadas por los puntos.
1-2-3-4-5-6-7-8-9-10-11-12-13-14-15-16 y 1, que la delimitan y que constituyen el límite urbano de El Tabo y Las Cruces.
La descripción de los puntos y tramos del límite urbano, se señalan en el Artículo 7 de la presente Ordenanza.
En todo lo no previsto expresamente en la presente Ordenanza, regirán las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en adelante L.G.U.C., de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, en adelante O.G.U.C. y demás disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre la materia y en especial, la Ley de Bases del Medio Ambiente Nº 19.300, Diario Oficial de 09/03/1994 y su Reglamento sobre Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. (D.S. Nº 30 de 27.03.1997- D.O. de 03.04.1997).
En conformidad a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, corresponderá a la Dirección de Obras Municipales de El Tabo, la responsabilidad en la aplicación de las normas de la presente Ordenanza y a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo V Región la supervigilancia de su cumplimiento y la interpretación técnica de ellas.
La inobservancia de las normas de esta Ordenanza será sancionada de acuerdo a lo previsto en la L.G.U.C.
(D.L. Nº 458 de V. y U. de 1975) para tal efecto.
Declárense de Utilidad Pública, todos los espacios para las nuevas aperturas y ensanches de vías necesarias para la conformación del Plan Regulador Comunal de El Tabo.
El límite urbano de las áreas de aplicación del presente Plan Regulador, comprende dos centros urbanos, El Tabo y Las Cruces, y se definen en conjunto por la poligonal enunciada en el artículo 2 de esta Ordenanza, y cuyos puntos y tramos se describen a continuación:
Punto Descripción
del Punto Tramo Descripción del
Tramo
-
Intersección de la
Línea de Baja
Marea del Mar de
Chile, con
Límite Comunal Norte.
-
Intersección del eje
del Estero El
Rosario con perpendicular
a la Avenida Armando
Celis Maturana
trazada 25 m. al
oriente del
estanque de agua
potable del Sector
Comunidad Altos
de Córdova. 1-2 Línea sinuosa que
recorre el eje del
Estero El Rosario,
uniendo los puntos 1 y
2; coincidente con
Límite Comunal Norte.
-
Intersección de línea
perpendicular a la
Línea Oficial norte
de la Av. Armando Celis
Maturana trazada 25 m. al
oriente del estanque de agua
potable del Sector
Comunidad
Altos de Córdova. 2-3 Línea recta que une los
puntos 2 y 3.
-
Intersección de
paralela, distante
200 m, de línea
oficial norte del
Camino Vecinal
Chépica con línea
Oficial Oriente de
la Calle Los
Boldos. 3-4 Armando Celis M. Línea
sinuosa que une los
puntos 3 y 4,
-
Intersección de
la línea oficial
oriente de la
calle Los Boldos
con la línea
imaginaria constituida
por la prolongación
de la línea
oficial oriente
del Camino El
Triángulo 4-5 Línea recta que une los
puntos 4 y 5,
correspondiente a Línea
Oficial Oriente de calle
Los Boldos.
-
Intersección de
línea oficial oriente
del Camino Real
Antiguo con paralela
a línea oficial
norte de Av. La Chépica
trazada 1400 m.
al sur de ésta.
5-6 Línea sinuosa que une los
puntos 5 y 6, coincidente con
línea oficial oriente de
Camino Real Antiguo.
-
Intersección
del eje del Estero
La Granja con la
línea oficial
Poniente de la
Ruta G-98-F. 6-7 Línea sinuosa que une los
puntos 6 y 7. Siendo
coincidente con el eje del
Estero La Granja.
-
Intersección de la
línea oficial Poniente
de la Ruta G-98-F
con el eje
del Estero La
Quebrada. 7-8 Línea sinuosa que une los
puntos 7 y 8. Corresponde a
deslinde poniente de Faja
Fiscal de Ruta G-98-F.
-
Intersección de la
línea paralela
trazada a 45 m.
al poniente del
eje de la ruta G-98-F
con el eje
de la Quebrada Las
Cruces. 8-9 Línea sinuosa que une los
puntos 8 y 9. Corresponde a
deslinde poniente de Faja
Fiscal a 45 m del eje de Ruta
G-98-F.
-
Intersección
del eje de la
Quebrada
Las Cruces con la
línea paralela
trazada a 600m.
al oriente del eje
de la Ruta
G-98-F. 9-10 Línea sinuosa que recorre el eje
de la Quebrada Las Cruces y que
une los puntos 9 y 10.
Punto Descripción del
Punto Tramo Descripción del
Tramo
-
Intersección del eje
de la Quebrada
Los Ciruelos con la
línea paralela
trazada a 500m. al
oriente del eje de
la Ruta G-98-F. 10-11 Línea recta paralela
a la Ruta G-98-F,
trazada a 600m. al
oriente que se inicia
desde el punto 10 y
continúa paralela a
la Ruta G-98-F a
500m. al oriente
hasta el punto 11.
-
Intersección de la
línea paralela trazada
a 200m. al oriente
del eje de la Ruta
G-98-F, con
el radio de 235 m.
con centro
en la intersección
del eje de la
Ruta G-98-F y el eje
del sendero Los
Molles. 11-12 Línea recta que une
los puntos 11 y 12.
-
Intersección de
la línea para-
lela trazada a 180 m. al
oriente del eje de la Ruta
G-98-F con el eje
del sendero
Los Molles. 12-13 El arco que bordea la
planicie al oriente de
la Ruta G-98-F, y
conforma el rebalse
del Santuario de la
Naturaleza Laguna El
Peral, y une los
puntos 12 y 13.
-
Intersección de la
línea paralela
trazada a 180 m. al
oriente del
eje de la Ruta G-98-F
con paralela
a línea oficial sur de
Av. 21 trazada
a 650 m. al sur de
ésta 13-14 Línea paralela trazada
a 180 m. al oriente del
eje de la Ruta G-98-F,
que une los puntos 13 y
-
Intersección de
perpendicular a Ruta
G-98-F trazada 150 m.
al sur del eje
del Estero La
Cigüeña con paralela
a Ruta G-98-F trazada
90 m. al
oriente de ésta. 14-15 Línea quebrada que une
los puntos 14 y 15.
-
Intersección de
línea oficial
norte de
calle existente al
sur de Planta Sub
Estación Eléctrica
San Sebastián,
con línea oficial
oriente de Ruta
G-98-F a 150 m.
al sur del eje del
Estero La Cigüeña. 15-16 Línea recta que une los
puntos 15 y 16.
-
Intersección del
eje del...
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