Resolución núm. 308, publicada el 28 de Junio de 2016. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍAS Y TRAMOS QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Resolución |
PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍAS Y TRAMOS QUE INDICA
Núm. 308.- Copiapó, 20 de mayo de 2016.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 107° y 113° del DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Justicia y de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.290 de Tránsito; la ley Nº 18.059; el decreto N° 255, de 1981, y las resoluciones Nº 59, de 1985, y Nº 39, de 1992, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando:
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- Que mediante solicitud de fecha 4 de mayo de 2016, la empresa constructora Alzamora y Gárate y Cía. Limitada ha informado a esta autoridad, que en el contexto trabajos en calzada, solera y veredas de la comuna de Copiapó, se realizarán obras que requieren el cierre temporal de una vía pública, solicitando se disponga la prohibición de circulación para vehículos motorizados en calle Los Aromos entre calle Van Buren y Avda. Luis Flores de la comuna de Copiapó.
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- Que esta Secretaría Regional, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular.
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- Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
Resuelvo:
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- Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, hasta el 3 de junio de 2016, en calle Los Aromos entre calle Van Buren y Avda. Luis Flores, de la comuna de Copiapó.
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- Los vehículos motorizados, que en su trayecto tengan como vía de circulación las señaladas en el resuelvo N° 1, deberán adoptar vías alternativas para el tránsito por el sector y los servicios de transporte público, que en su recorrido tengan como vías las señaladas en el resuelvo Nº 1 anterior, deberán adoptar alguna de las vías alternativas que se indican a continuación:
2.1 Alternativa 1: Avda. Luis Flores, Las Amollacas, Van Buren, reintegrándose a su trazado habitual.
2.2 Alternativa 2: Avda. Luis Flores, Avda. Copayapu, Van Buren, reintegrándose a su trazado habitual.
2.3 Alternativa 3...
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