Resolución núm. 3079 EXENTA, publicada el 12 de Agosto de 2020. ESTABLECE PROCEDIMIENTOS E INSTRUMENTOS DEL SISTEMA DE ACCESO A LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR, APROBADOS POR EL COMITÉ TÉCNICO DE ACCESO PARA EL SUBSISTEMA UNIVERSITARIO Y COMPLEMENTA LA RESOLUCIÓN N° 2.106 EXENTA, DE 2020, SEGÚN INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Rango de Ley | Resolución |
ESTABLECE PROCEDIMIENTOS E INSTRUMENTOS DEL SISTEMA DE ACCESO A LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR, APROBADOS POR EL COMITÉ TÉCNICO DE ACCESO PARA EL SUBSISTEMA UNIVERSITARIO Y COMPLEMENTA LA RESOLUCIÓN N° 2.106 EXENTA, DE 2020, SEGÚN INDICA
Núm. 3.079 exenta.- Santiago, 14 de julio de 2020.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 6° y 7° de la Constitución Política de la República de Chile; en la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; en la ley N° 18.956 que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley N° 21.091, sobre Educación Superior; en el decreto con fuerza de ley N° 3 de 2019, del Ministerio de Educación; en el decreto supremo N° 407, de 2018, del Ministerio de Educación, que reglamenta la constitución y funcionamiento de los comités técnicos de acceso para el subsistema universitario y para el subsistema técnico profesional; en el decreto supremo N° 235 de 2019, del Ministerio de Educación; en la resolución exenta N° 2.349 de 2019 del Ministerio de Educación; en la resolución exenta N° 2.604 de 2019, de la División de Educación Superior; en las resoluciones exentas N°s. 2.106 y 3.003 de 2020, de la Subsecretaría de Educación Superior; en el memorándum interno N° 141 del Secretario Técnico del Comité Técnico del Subsistema Universitario, de fecha 13 de julio de 2020, y en la resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
Que, la Subsecretaría de Educación Superior forma parte de la organización básica del Ministerio de Educación Superior, en virtud de lo dispuesto en la letra d) del artículo 3° de la ley N° 18.956, y tiene el carácter colaborativo directo con dicha Cartera de Estado en la elaboración, coordinación, ejecución y evaluación de políticas y programas para la educación superior, especialmente en materias destinadas a su desarrollo, promoción, internacionalización y mejoramiento continuo, tanto en el subsistema universitario como en el técnico profesional, conforme a lo establecido en la ley N° 21.091 sobre Educación Superior.
Que, la precitada ley N° 21.091, en el párrafo 3° de su Título I, regula la creación del Sistema de Acceso a las Instituciones de Educación Superior, en adelante el "Sistema de Acceso", el que establecerá procesos e instrumentos para la postulación y admisión de estudiantes a las instituciones de educación superior adscritas a éste, respecto de carreras o programas de estudios conducentes a títulos técnicos y profesionales o licenciaturas.
Que, de acuerdo con el artículo 12 de la ley N° 21.091, corresponderá a la Subsecretaría de Educación Superior constituir y coordinar un comité técnico de acceso para el subsistema universitario y otro para el subsistema técnico profesional, cuyo objeto será definir los procesos e instrumentos del Sistema de Acceso. Por su parte, el inciso cuarto del artículo 13 de la...
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