Resolución núm. 302 EXENTA, publicada el 18 de Marzo de 2015. AUTORIZA MODALIDAD DE PAGO EN CUOTAS DE CRÉDITOS PIGNORATICIOS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL DEL CRÉDITO PRENDARIO |
Rango de Ley | Resolución |
AUTORIZA MODALIDAD DE PAGO EN CUOTAS DE CRÉDITOS PIGNORATICIOS
Núm. 302 exenta.- Santiago, 13 de marzo de 2015.- Vistos:
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La necesidad de la Institución de modernizar su gestión y mejorar la calidad del servicio, para de esta manera facilitar el acceso al crédito a los sectores de más escasos recursos;
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El Ordinario Nº 15, de fecha 15 de enero de 2015, mediante el cual la Dirección General del Crédito Prendario solicita autorización a la Ministra del Trabajo y Previsión Social, para implementar la modalidad de pago en cuotas de créditos pignoraticios;
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El Ordinario Nº 62, de 30 de enero de 2015, de la Ministra del Trabajo y Previsión Social, mediante el cual autoriza a la Dirección General del Crédito Prendario a emitir el correspondiente acto administrativo para implementar la modalidad de pago en cuotas de crédito pignoraticio;
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Lo dispuesto en los artículos 3 y 5 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, Nº 18.575;
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Lo dispuesto en la letra c) del artículo 10 del DFL Nº 16, de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social;
Teniendo presente: Lo dispuesto en el DFL Nº 16, de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,
Resuelvo:
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Autorízase el uso de la modalidad de pago en cuotas de créditos pignoraticios, hasta 6 cuotas parciales mensuales, sin posibilidad de renovación del crédito por otros seis meses.
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Encomiéndase al...
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