Resolución núm. 2973 EXENTA, publicada el 26 de Mayo de 2021. ESTABLECE EXIGENCIAS SANITARIAS PARA LA INTERNACIÓN A CHILE DE PEQUEÑOS RUMIANTES (OVINOS Y CAPRINOS) PARA LA REPRODUCCIÓN Y DEROGA LA RESOLUCIÓN N° 4.382, DE 2013 - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 868411043

Resolución núm. 2973 EXENTA, publicada el 26 de Mayo de 2021. ESTABLECE EXIGENCIAS SANITARIAS PARA LA INTERNACIÓN A CHILE DE PEQUEÑOS RUMIANTES (OVINOS Y CAPRINOS) PARA LA REPRODUCCIÓN Y DEROGA LA RESOLUCIÓN N° 4.382, DE 2013

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE EXIGENCIAS SANITARIAS PARA LA INTERNACIÓN A CHILE DE PEQUEÑOS RUMIANTES (OVINOS Y CAPRINOS) PARA LA REPRODUCCIÓN Y DEROGA LA RESOLUCIÓN N° 4.382, DE 2013

Núm. 2.973 exenta.- Santiago, 17 de mayo de 2021.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley N° 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; la ley N° 18.164, que introduce modificaciones a la legislación aduanera; el DFL RRA N° 16, de 1963, sobre sanidad y protección animal; el decreto N° 16, de 1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el "Acuerdo de Marrakech", por el que se establece la Organización Mundial del Comercio y los acuerdos anexos, entre ellos, el de la aplicación de las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias; las recomendaciones del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal; el decreto N° 112, de 2018, del Ministerio de Agricultura, que designa al Director Nacional del Servicio; la resolución exenta N° 7.364, de 2017, que establece las exigencias sanitarias generales para la internación a Chile de animales; la resolución exenta N° 503, de 2002, que declara a la Región de Magallanes y Antártica Chilena libre de fiebre Q; la resolución exenta N° 810, de 2013, que declara libre de Maedi Visna a la Región de Magallanes y la Antártica Chilena; la resolución exenta N° 4.321, de 2013, que declara a Chile como libre de scrapie o prúrigo lumbar; la resolución exenta N° 2.598, de 2015, que declara libre de Maedi Visna a la Región de Aysén; la resolución exenta N° 271, de 2018, que mantiene la condición de área libre de aborto enzoótico ovino a la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena; la resolución exenta N° 277, de 2018, que mantiene la condición sanitaria de libre de sarna ovina a la Región de Magallanes y la Antártica Chilena; la resolución exenta N° 5.154, de 2019, que establece los requisitos para el ingreso de ovinos a la Región de Magallanes y la Antártica Chilena desde el resto del territorio; y la resolución exenta N° 4.382, de 2013, que establece las exigencias sanitarias para la internación a Chile de pequeños rumiantes (ovinos y caprinos) para la reproducción, todas del Servicio Agrícola y Ganadero; y la resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que establece los actos administrativos exentos del trámite de Toma de Razón.

Considerando:

  1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) es el organismo oficial de Chile, encargado de apoyar el desarrollo de la ganadería, a través de la protección y el mejoramiento de la sanidad animal.

  2. Que, es función del SAG adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción de enfermedades que puedan afectar la sanidad animal.

  3. Que, el Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) de la Organización Mundial de Comercio (OMC) establece que, para armonizar en el mayor grado posible las medidas sanitarias, los Miembros basarán sus medidas en las normas, directrices o recomendaciones internacionales.

  4. Que, el Acuerdo de MSF designa a la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) como la organización competente en materia de sanidad animal.

  5. Que, es necesario actualizar las regulaciones nacionales en el ámbito de las exigencias sanitarias para la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR