Resolución núm. 29142 EXENTA, publicada el 07 de Julio de 2023. DELEGA FACULTAD DE INICIAR EL PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO DE EXPULSIÓN Y DISPONER LA MEDIDA DE EXPULSIÓN DE EXTRANJEROS CON INGRESO POR PASO NO HABILITADO - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 937053641

Resolución núm. 29142 EXENTA, publicada el 07 de Julio de 2023. DELEGA FACULTAD DE INICIAR EL PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO DE EXPULSIÓN Y DISPONER LA MEDIDA DE EXPULSIÓN DE EXTRANJEROS CON INGRESO POR PASO NO HABILITADO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyResolución

DELEGA FACULTAD DE INICIAR EL PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO DE EXPULSIÓN Y DISPONER LA MEDIDA DE EXPULSIÓN DE EXTRANJEROS CON INGRESO POR PASO NO HABILITADO

Núm. 29.142 exenta.- Santiago, 23 de junio de 2023.

Vistos:

El decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de fecha 17 de noviembre de 2001, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; la Ley 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; Ley N° 21.325 de 2021, Ley de Migración y Extranjería; decreto Nº 296 de 2022, que Aprueba Reglamento de la ley Nº 21.325; decreto supremo N° 151, de fecha 1 de abril de 2022, que nombra Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones; y la resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República;

Considerando:

  1. Que, la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería, publicada el 20 de abril de 2021, establece las normas en materia de migración y extranjería, regulando el ingreso de extranjeros, su residencia, sanciones y egreso, así como el ejercicio de los derechos y deberes de la población migrante, estableciendo una nueva institucionalidad, mediante la creación del Servicio Nacional de Migraciones, norma que entró en vigencia con fecha 12 de febrero de 2022, con la publicación en el Diario Oficial del decreto N° 296, de fecha 30 de noviembre de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba el reglamento de la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería.

  2. Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 156 inciso primero de la Ley 21.325 de Migración y Extranjería, el Servicio Nacional de Migraciones es un servicio público descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República por intermedio del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

  3. Asimismo, el artículo 157 Nº 7 de la precitada ley, dispone entre las funciones del Servicio Nacional de Migraciones "determinar la expulsión de los extranjeros conforme a las disposiciones de esta ley, sin perjuicio de las facultades que al respecto le correspondan al Subsecretario del Interior".

  4. Por su parte, la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería, en su artículo 126 y siguientes, contienen...

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