Resolución núm. 289 EXENTA, publicada el 01 de Junio de 2017. NOTIFICACIÓN - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 681839209

Resolución núm. 289 EXENTA, publicada el 01 de Junio de 2017. NOTIFICACIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

NOTIFICACIÓN

Resolución exenta Nº 289, mayo 12 de 2017; Vistos: Ley Nº 18.755 de 1988; decreto ley Nº 3.557 de 1980; ley Nº 19.880 de 2003; resolución exenta Nº 150 de 2015, del Director Nacional del SAG; resolución exenta Nº 94, de 2017, de la Directora Regional del SAG Antofagasta; Acta de Denuncia y Citación Nº 21939, 13 de marzo de 2017, cursada a Efraín Colque Almazan, cédula de identidad Nº 5057140, domicilio desconocido, que indica: Ingresa los siguientes productos 0,34 kgs. plátanos, 0,46 kgs. de pomelos, 0,30 kgs. manzanas, 0,1 kgs. ají locoto, 0,30 kgs. tomates todos de origen Bolivia, no son declarados en su declaración jurada "falta a la verdad"; Considerando: 4.- El denunciado expone: Los productos los compro en Chile, los ingreso a Bolivia y al retornar olvido que los traía y no los declaró; 6.- Que la denuncia formulada por los inspectores del Servicio, constituye presunción de haberse cometido la infracción; 11.- Se estima poco plausible la argumentación, no desvirtúa la denuncia, pues es obligación declarar, independiente del origen de los productos; Resuelvo: 1.- Aplíquese multa de tres (3 UTM); 3.- Deberá pagar en calle Coquimbo Nº 842...

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