Resolución núm. 286 EXENTA, publicada el 20 de Junio de 2023. LLAMADO REGIONAL A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO III, REGULADO POR EL D.S. N° 27 (V. Y U.), 2016. PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS DE LA REGIÓN DE LOS LAGOS - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 935366893

Resolución núm. 286 EXENTA, publicada el 20 de Junio de 2023. LLAMADO REGIONAL A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO III, REGULADO POR EL D.S. N° 27 (V. Y U.), 2016. PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS DE LA REGIÓN DE LOS LAGOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMADO REGIONAL A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO III, REGULADO POR EL D.S. N° 27 (V. Y U.), 2016. PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS DE LA REGIÓN DE LOS LAGOS

Núm. 286 exenta.- Puerto Montt, 9 de junio de 2023.

Vistos:

  1. La ley N° 16.391 que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo;

  2. El D.L. N° 1.305, de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo;

  3. El Decreto Supremo N° 397, publicado en el Diario Oficial el 08.02.77, que corresponde al Reglamento Orgánico de las Secretarias Regionales Ministeriales;

  4. El Decreto Supremo N° 27 (V. y U.), de 2016 y sus modificaciones, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, en especial lo dispuesto en su Artículo 24;

  5. La Ley 21.442, de 2022, que aprueba Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria;

  6. La Resolución Exenta N° 1.237 (V. y U.), de 2019, que fija Procedimientos para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica para el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios;

  7. La Resolución Exenta N° 6042 (V. y U.), de 2017 y sus modificaciones, que delega facultades que indica en los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo;

  8. La Resolución Exenta N° 720 (V. y U.), de fecha 14 de marzo de 2019, que aprueba Itemizados Técnicos para proyectos de Energías Renovables: Sistemas Solares Térmicos y Sistemas Solares Fotovoltaicos, en el marco de los Programas Habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo;

  9. La resolución N° 380 (V. y U.), del 09 de marzo de 2022, que regula operaciones y actos que inciden en la aplicación práctica en el Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Viviendas del D.S. N° 27 (V. y U.), de 2016, que aprueba el reglamento del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios;

  10. La Resolución Exenta N° 1767, de fecha 20 de diciembre de 2022, del Ministerio de Hacienda y Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que autoriza a efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos en el otorgamiento de Subsidios Habitacionales durante el año 2023 en Sistemas y Programas Habitacionales que indica;

  11. El Oficio Ordinario N° 116, de fecha 28 de enero de 2021 del Jefe de División Técnica de Estudios y Fomento Habitacional que adjunta el Itemizado Técnico de Obras y sus anexos respectivos para proyectos asociados al Capítulo Tercero, Proyectos para Condominios de Viviendas, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios reglamentado por el D.S. N°27 (V. y U.), de 2016, para ser aplicados en los proyectos que postulen a los llamados del mencionado capítulo, durante el año 2021;

  12. El Oficio Ordinario N° 105, de fecha 14 de enero de 2022 del Jefe (S) de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional que señala que debe mantenerse el Itemizado Técnico de obras y sus anexos respectivos en su versión oficializada mediante el ordinario citado en el visto precedente;

  13. La Circular N° 01, de fecha 11.01.2023, de la Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo, que establece el Programa Habitacional correspondiente al año 2023;

  14. El Oficio Ordinario N° 763, de fecha 02.05.2023, del Jefe del Departamento de Condominios y Atención del Déficit Cualitativo, que establece directrices operativas de los programas de mejoramiento Hogar Mejor (D.S. N° 255 y D.S. N° 27), y del Programa de Habitabilidad Rural (D.S. N° 10);

  15. Resolución Exenta N°902 (V. y U.), de fecha 05 de mayo de 2023, que autoriza a la Secretaria Regional Ministerial de Los Lagos a efectuar Llamado en Condiciones Especiales para el desarrollo de Proyectos del Programa de Viviendas y Barrios, regulado por el D.S N° 27 (V. y U), de 2016, capítulo tercero: Proyectos para Condominios de Viviendas;

  16. El Decreto Supremo N° 47, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece Plan de Descontaminación Atmosférica para la comuna de Osorno;

  17. La facultad que me confiere el decreto supremo Nº 397 de 1976, Reglamento Orgánico de las Seremi Minvu, y el decreto supremo N° 18 del 06.05.2022 que me designa Seremi de la Región de Los Lagos.

    Considerando:

    1. La necesidad de atender a condominios de viviendas en la Región de Los Lagos que presenten deterioro y sean considerados como objeto de atención del programa, de acuerdo a las condiciones señaladas en el Artículo N° 4 del D.S. N° 27 (V. y U.), de 2016;

    2. La necesidad de efectuar un Llamado Regional a postulación, a fin de atender Condominios de Viviendas de la Región de Los Lagos que hayan sido certificados como vivienda objeto del Programa en las condiciones establecidas en la presente resolución;

    3. Que, las obras de reparación, normalización y mejoramiento a realizar en los condominios de viviendas configuran acciones de alta relevancia para este Ministerio;

    4. Lo dispuesto en el artículo 24 del D.S N° 27 (V. y U), de 2016, en cuanto a la posibilidad de autorizar a los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo la realización de llamados a procesos de selección en condiciones especiales;

    5. Que, con el propósito de ampliar los ámbitos de decisión autónoma de las regiones en relación a la implementación de proyectos de Mejoramiento de Bienes Comunes, dirigidos a Condominios de Viviendas Sociales y/o Económicas; de aumentar la calidad, pertinencia y focalización del Programa; así como ampliar la eficacia y eficiencia en la asignación de los recursos públicos en esta línea de atención, la División de Política Habitacional de este Ministerio ha definido como estrategia de implementación del Programa destinado al mejoramiento de condominios de vivienda, la realización de llamados regionales en condiciones especiales para el año 2023;

    6. Que, a través de Res. Ex. N° 902 del 05 de mayo del 2023, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, autoriza expresamente a los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo para efectuar Llamados en condiciones especiales para el desarrollo de Proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el D.S. N° 27 (V. y U.). de 2016 Capítulo Tercero, Proyectos para Condominios de Viviendas, para la Región de Los Lagos, entre otras;

    7. Que, se faculta a la Región a diseñar las estrategias de atención regional de la demanda en Condominios de Viviendas Sociales y/o Económicas, estableciendo los lineamientos de focalización de la política sectorial, conforme a las necesidades locales, velando por aumentar la eficacia y eficiencia en la asignación de recursos públicos en esta línea de atención.

    8. En consideración a lo anterior, dicto la siguiente resolución:

    Resolución:

  18. Llámese a postulación para el otorgamiento de subsidios correspondientes al Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Viviendas, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el D.S. N° 27 (V. y U.), de 2016, a Condominios de Viviendas que se encuentren calificados como objetos del presente llamado y que se encuentren ubicados en la Región de Los Lagos, y consideren obras correspondientes a Mejoramiento de Bienes Comunes en Copropiedad.

  19. Los plazos correspondientes a los procesos y fases de postulación y selección de este llamado, serán los siguientes:

  20. La condición de Condominio objeto de atención del programa, será acreditada por la SEREMI MINVU Región de Los Lagos, en atención a los requisitos señalados en el artículo N° 89 del D.S. N° 27 (V. y U.), de 2016 y de acuerdo a lo indicado en el numeral 43 de la Res. Ex. 380 (V. y U.), individualizada en el visto N° 09.

    Las comunidades de copropietarios y/o residentes interesados en postular deberán presentar, a través de una Entidad Patrocinante en la SEREMI MINVU Región de Los Lagos, un expediente con documentos que permitan acreditar la condición de Condominio Objeto de atención del programa. Los antecedentes que debe contener el expediente de postulación son:

    1. Ficha de presentación de la copropiedad;

    2. Ficha de diagnóstico técnico constructivo, en el que conste la priorización de las obras que conformarán el proyecto a postular, firmado por un profesional perteneciente al ámbito de la construcción;

    3. Ficha de solicitud complemento de Eficiencia Energética y Térmico, si corresponde;

    4. Ficha de solicitud de elementos críticos con grave deterioro, si corresponde;

    5. Ficha de diagnóstico socio jurídico, firmado por profesional perteneciente al equipo social de la Entidad Patrocinante, registrado en el CRAT;

    6. Copia del Plano del conjunto habitacional, archivado en el Conservador de Bienes Raíces respectivo, en el que se identifique la copropiedad, sus límites, sus bloques de vivienda, subadministraciones y/o sectores, indicado en los numerales 1 y 2 del artículo N° 89 del D.S N° 27 (V. y U.), de 2016; Si por caso fortuito o fuerza mayor...

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