Resolución núm. 2778 EXENTA, publicada el 26 de Agosto de 2021. ESTABLECE REQUERIMIENTOS PARA LOS SISTEMAS DE LOCALIZACIÓN AUTOMÁTICA DE VEHÍCULOS, GPS O SIMILAR, PARA VEHÍCULOS ENTRANTES, DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 5°, LETRA F), DEL DECRETO SUPREMO N° 44, DE 2011, DEL MINISTERIO TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Resolución |
ESTABLECE REQUERIMIENTOS PARA LOS SISTEMAS DE LOCALIZACIÓN AUTOMÁTICA DE VEHÍCULOS, GPS O SIMILAR, PARA VEHÍCULOS ENTRANTES, DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 5°, LETRA F), DEL DECRETO SUPREMO N° 44, DE 2011, DEL MINISTERIO TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA
Núm. 2.778 exenta.- Santiago, 16 de agosto de 2021.
Vistos:
La Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, N° 18.575, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N° 1, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la ley N° 20.378; la ley N° 18.059; la ley N° 18.696; el DFL N° 343, de 1953, y el DFL N° 279, de 1960, ambos del Ministerio de Hacienda; el decreto supremo N° 44, de 2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y sus modificaciones, especialmente aquella contenida en el decreto supremo N° 86, de 2020, del citado Ministerio; la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y demás normativa aplicable.
Considerando:
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Que, en la ley N° 20.378, se estableció un artículo cuarto transitorio, en el cual se dispone un aporte especial a los Gobiernos Regionales para el transporte y conectividad, el cual incluye la ejecución de un programa especial mediante el cual se facultó a dichas entidades para convocar a un proceso de renovación de buses, minibuses, trolebuses y taxibuses.
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Que, dicho Programa Especial de Renovación de Buses fue reglamentado mediante el decreto supremo N° 44, de 2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
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Que, el 25 de junio de 2021, fue tomado de razón, por parte de la Contraloría General de la República, el decreto supremo N° 86, de 2020, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que modifica el referido cuerpo normativo.
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Que el artículo 5°, letra f), del decreto supremo N° 44, de 2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, establece la exigencia para los vehículos entrantes de contar con certificado emitido por un operador tecnológico, que cuente con un Sistema de Localización Automática de Vehículos, GPS o similar, instalado y en funcionamiento, de acuerdo a los requerimientos establecidos mediante resolución del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
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Que, consecuentemente, la resolución que por el presente acto se aprueba establece los requerimientos para los Sistemas de Localización Automática de Vehículos, GPS o similar, que deberán tener los vehículos...
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