Resolución núm. 2501 EXENTA, publicada el 31 de Mayo de 2022. SUSPENDE PLAZO ESTABLECIDO PARA CANCELAR, POR ANTIGÜEDAD, A TAXIS, BUSES Y MINIBUSES QUE INDICA, DEL REGISTRO NACIONAL DE SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 905407513

Resolución núm. 2501 EXENTA, publicada el 31 de Mayo de 2022. SUSPENDE PLAZO ESTABLECIDO PARA CANCELAR, POR ANTIGÜEDAD, A TAXIS, BUSES Y MINIBUSES QUE INDICA, DEL REGISTRO NACIONAL DE SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

SUSPENDE PLAZO ESTABLECIDO PARA CANCELAR, POR ANTIGÜEDAD, A TAXIS, BUSES Y MINIBUSES QUE INDICA, DEL REGISTRO NACIONAL DE SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS

Núm. 2.501 exenta.- Santiago, 25 de mayo de 2022.

Visto:

Lo dispuesto en la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 18.696, que modifica artículo 6 de la ley Nº 18.502, autoriza importación de vehículos que señala y establece normas sobre transporte de pasajeros; en el decreto supremo Nº 212, de 1992, Reglamento de los Servicios Nacionales de Transporte Público de Pasajeros; en el decreto supremo Nº 1, de 1994, que dispone medidas aplicables a vehículos de servicios de locomoción colectiva urbana en ciudades que indica y modifica decreto Nº 168, de 1993; en el decreto supremo Nº 12, de 1999, que fija antigüedad máxima a los minibuses que realizan servicios de transporte público de pasajeros y otorga facultad que indica; en la resolución Nº 157, de 1990, que establece disposiciones sobre la circulación de vehículos de la locomoción colectiva, complementada por las resoluciones Nº 48, de 1991, y Nº 132, de 1994; en la resolución Nº 19, de 1999, que fija antigüedad máxima a vehículos de transporte no licitado, en provincia de Santiago y comunas de San Bernardo y Puente Alto; en la resolución exenta Nº 1.425, de 20 de julio de 2020, que suspende plazo establecido para cancelar, por antigüedad, a taxis, buses y minibuses que indica, del Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros, modificada por la resolución exenta Nº 1.652, de 18 de mayo de 2021, todas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en el decreto supremo Nº 4, de 5 de febrero de 2020, del Ministerio de Salud y sus modificaciones posteriores, que decreta alerta sanitaria por el periodo que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV); en el dictamen Nº 3.610 de 17 de marzo de 2020 de la Contraloría General de la República; en el Informe de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito, Conaset, de la Subsecretaría de Transportes, de 6 de julio de 2020; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y la demás normativa que resulte aplicable.

Considerando:

  1. Que, mediante resolución exenta Nº 1.425, de 20 de julio de 2020, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, citada en el Visto, se suspendió por un (1) año el plazo establecido para cancelar por antigüedad, a taxis en sus diversas modalidades, los minibuses y los buses de los servicios urbanos y rurales, inscritos en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros, que cumplían su antigüedad máxima al 31 de mayo o al 31 de diciembre de 2020, según corresponda.

  2. Que, la suspensión a la que hace...

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