Resolución núm. 2492 EXENTA, publicada el 13 de Febrero de 2024. DECLARA ZONA DE RIESGO SANITARIO A VILLA EL VALLE SAN RAMÓN, COMUNA DE PADRE LAS CASAS, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 1016468464

Resolución núm. 2492 EXENTA, publicada el 13 de Febrero de 2024. DECLARA ZONA DE RIESGO SANITARIO A VILLA EL VALLE SAN RAMÓN, COMUNA DE PADRE LAS CASAS, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

DECLARA ZONA DE RIESGO SANITARIO A VILLA EL VALLE SAN RAMÓN, COMUNA DE PADRE LAS CASAS, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

Núm. CP 2.492 exenta.- Temuco, 2 de febrero de 2024.

Visto:

  1. - Artículo 67 del Código Sanitario que establece que es deber de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud velar por que se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y bienestar de los habitantes; 2.- Artículo 9 letra b) del Código Sanitario, conforme al cual corresponde en especial a la Autoridad Sanitaria en sus respectivos territorios dictar dentro de las atribuciones conferidas por el presente Código, las órdenes y medidas de carácter general, local o particular, que fueren necesarias para su debido cumplimiento; 3.- Artículo 14 del Código Sanitario que señala que corresponderá al Servicio Nacional de Salud la supresión de cualquier factor que, originado en un territorio municipal, ponga en peligro la salud, seguridad o bienestar de la población de otro territorio municipal; 4.- Artículo 122 de DFL 1, de 2006, según el cual las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud tendrán las siguientes funciones, de acuerdo con las normas y políticas dictadas por el Ministerio de Salud: N° 2: Ejecutar las acciones que correspondan para la protección de la salud de la población de los riesgos producidos por el medio ambiente y para la conservación, mejoría y recuperación de los elementos básicos del ambiente que inciden en ella, velando por el debido cumplimiento de las disposiciones del Código Sanitario y de los reglamentos, resoluciones e instrucciones sobre la materia, para lo cual se encontrará dotado de todas las facultades y atribuciones que el Código Sanitario y demás normas legales y reglamentarias sanitario ambientales le confieren, de conformidad con lo previsto en el artículo 13; 5.- Decreto Nº 236, de 1926, Reglamento de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias; 6.- Informe Alfa N° 1-G, de fecha 12.01.2024, de don Jaime Rojas Burgos, funcionario de la Municipalidad de Padre Las Casas, Región de la Araucanía; 7.- Informe de situación sanitaria de la Villa El Valle San Ramón, comuna de Padre Las Casas, Región de la Araucanía, de doña Laura Manríquez Castro, Jefa de la Unidad de Aguas del Departamento de Acción Sanitaria de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud; 8.- Instrucciones del Secretario Regional Ministerial de Salud.

    Considerando:

  2. - Que, en Informe Alfa de Vistos N° 6, se constata lo siguiente: "Se presenta problema en fosas sépticas en viviendas particulares, en Villa El Valle, Sector San Ramón, las cuales colapsaron y rebalsaron, causando escurrimiento de aguas servidas en sitios y calles provocando malos olores, siendo estos un foco de insalubridad para personas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR