Resolución núm. 2456 EXENTA, publicada el 14 de Mayo de 2020. DESIGNA INTEGRANTES DEL CONSEJO DEL ARTE Y LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL - MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 844549168

Resolución núm. 2456 EXENTA, publicada el 14 de Mayo de 2020. DESIGNA INTEGRANTES DEL CONSEJO DEL ARTE Y LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Rango de LeyResolución

DESIGNA INTEGRANTES DEL CONSEJO DEL ARTE Y LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL

Núm. 2.456 exenta.- Valparaíso, 19 de noviembre de 2019.

Visto:

Lo dispuesto en la ley N° 21.045 que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.981 sobre Fomento Audiovisual y su respectivo Reglamento; en el decreto supremo N° 265, de 2005, del Ministerio de Educación, que aprueba el Reglamento para la Constitución del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual; en las resoluciones N° 6 y 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fijan normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; y en las resoluciones N° 38 y N° 45, que designan Integrantes del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, ambas del 2017 y del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.

Considerando:

Que la ley N° 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, tiene como objeto colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley. Asimismo, el artículo 3 numeral 1 de la referida ley, establece como función del Ministerio la promoción y contribución al desarrollo de la creación artística y cultural, fomentando la creación, producción, mediación, circulación, distribución y difusión, entre otros, del ámbito audiovisual.

Que el artículo 7 de la ley N° 21.045, crea la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, y establece en su artículo 9 que ésta deberá diseñar y ejecutar planes y programas destinados al cumplimiento de las funciones y atribuciones propias del Ministerio.

Que el artículo 4° de la ley 19.981 crea, en el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, que tiene, entre otras facultades, la de asesorar...

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