Resolucion núm. 2382 EXENTA, el 18 de Enero de 2005. AUTORIZA A LA SOCIEDAD CONSTRUCTORA E INSPECCIONES CALAN S.A. COMO ORGANISMO DE CERTIFICACION DE INSTALACIONES DE GAS - MINISTERIO DE ECONOMÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 917902628

Resolucion núm. 2382 EXENTA, el 18 de Enero de 2005. AUTORIZA A LA SOCIEDAD CONSTRUCTORA E INSPECCIONES CALAN S.A. COMO ORGANISMO DE CERTIFICACION DE INSTALACIONES DE GAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA
Rango de LeyResolución

AUTORIZA A LA SOCIEDAD CONSTRUCTORA E INSPECCIONES CALAN S.A. COMO ORGANISMO DE CERTIFICACION DE INSTALACIONES DE GAS

Núm. 2.382 exenta.- Santiago, 24 de diciembre de 2004.- Vistos: La ley Nº 18.410, el D.F.L. Nº 323, de 1931, del Ministerio del Interior; el decreto Nº 222, de 1995, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el ''Reglamento de Instalaciones Interiores de Gas''; la resolución exenta Nº 489/99, de esta Superintendencia, que ''Actualiza Procedimiento para la Inspección Periódica de las Instalaciones de Gas'' y sus modificaciones introducidas por las resoluciones exentas Nº 687/99, Nº 1.277/99,

Nº 579/01, Nº 1.073/02, Nº 1.852/02 y Nº 1.302/03, y la resolución Nº 520/96, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que la resolución exenta Nº 1.073, de 2002, de esta Superintendencia, establece los requisitos para la implementación de la acreditación inicial de las Entidades de Certificación de Instalaciones Interiores de Gas que soliciten ser acreditadas como tal para ejecutar las inspecciones periódicas de acuerdo a procedimientos estandarizados y que permiten evaluar objetivamente las instalaciones interiores de gas, garantizando su calidad y seguridad.

  2. Que la resolución exenta Nº 1.852, de 2002, establece los plazos graduales para la implementación de la acreditación descrita en el punto anterior.

  3. Que las resoluciones exentas Nº 1.302 y Nº 1.988, de 2003, modifican los plazos para la acreditación de los organismos de certificación de instalaciones interiores de gas ante el INN, establecidos en la resolución del considerando precedente.

  4. Que el Instituto Nacional de Normalización (INN), mediante carta de fecha 26 de mayo de 2004, informó que su comité de acreditación, con fecha 24 de mayo de 2004, y de acuerdo al Reglamento INN-R401, aprobó la acreditación de la Sociedad CALAN S.A., de acuerdo al convenio INN-SEC, como organismo de...

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