Resolución núm. 238 EXENTA, publicada el 11 de Noviembre de 2021. APRUEBA PROCEDIMIENTO DE TOMA DE MUESTRAS PARA EXÁMENES DE ALCOHOLEMIA EN SERVICIO DE ATENCIÓN PRIMARIA DE URGENCIA (SAPU), CONSULTORIO GENERAL URBANO CENTRAL ORIENTE, COMUNA DE ANTOFAGASTA, REGIÓN DE ANTOFAGASTA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 877990375

Resolución núm. 238 EXENTA, publicada el 11 de Noviembre de 2021. APRUEBA PROCEDIMIENTO DE TOMA DE MUESTRAS PARA EXÁMENES DE ALCOHOLEMIA EN SERVICIO DE ATENCIÓN PRIMARIA DE URGENCIA (SAPU), CONSULTORIO GENERAL URBANO CENTRAL ORIENTE, COMUNA DE ANTOFAGASTA, REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyResolución

APRUEBA PROCEDIMIENTO DE TOMA DE MUESTRAS PARA EXÁMENES DE ALCOHOLEMIA EN SERVICIO DE ATENCIÓN PRIMARIA DE URGENCIA (SAPU), CONSULTORIO GENERAL URBANO CENTRAL ORIENTE, COMUNA DE ANTOFAGASTA, REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Núm. 238 exenta.- Santiago, 2 de febrero de 2021.

Vistos:

El DFL Nº 1-19.653 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo dispuesto en la ley Nº 18.290 de Tránsito; el decreto Nº 6/2009 del Ministerio de Salud que aprueba Reglamento sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud; las facultades que me concede la ley Nº 20.065 sobre Modernización, Regulación Orgánica y Planta del personal del Servicio Médico Legal; la resolución exenta Nº 856/2018 que actualiza y aprueba instrucciones y normativas sobre áreas técnicas que indica; la resolución exenta Nº 2.349/2020 que aprueba normativas técnico-periciales del Servicio Médico Legal sobre áreas que indica y la resolución Nº 6/2019 de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. - Que, el Servicio Médico Legal ha fijado los procedimientos de toma de muestra sanguínea para la práctica de exámenes de alcoholemias, estableciendo los procedimientos administrativos consustanciales a éste y velando por la seguridad, conservación, invulnerabilidad y recepción de las muestras que son derivadas a este Servicio para su procesamiento, observando además las normas que constituyen la cadena de custodia y sigilo correspondiente a todo examen médico legal y el despacho oportuno y reservado de los mismos a los Tribunales, Ministerio Público y otros organismos competentes que lo soliciten.

  2. - Que, el procedimiento para determinar la dosis de alcohol en la sangre está compuesto por diversas etapas reguladas en el texto sobre instrucciones y Normativa Técnica sobre Exámenes de Alcoholemia, aprobado por resolución exenta Nº 856/2018. Asimismo, mediante la resolución exenta Nº 2.349/2020 que aprueba normativas técnico-periciales de este Servicio, se actualizó la normativa técnico-pericial para la realización de exámenes de alcoholemia.

  3. - Que, se estima necesario e indispensable contar con establecimientos o servicios competentes, públicos y/o privados, es decir, Servicios de Asistencia Pública, Hospitales, Postas de Primeros Auxilios de los Servicios de Salud, Clínicas Privadas, que estén capacitados...

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