Resolución núm. 2355 EXENTA, publicada el 25 de Octubre de 2022. INTERPRETA EL PLAN REGULADOR COMUNAL DE VIÑA DEL MAR EN LO REFERENTE A SU ARTÍCULO 13.2 - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 913268816

Resolución núm. 2355 EXENTA, publicada el 25 de Octubre de 2022. INTERPRETA EL PLAN REGULADOR COMUNAL DE VIÑA DEL MAR EN LO REFERENTE A SU ARTÍCULO 13.2

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

INTERPRETA EL PLAN REGULADOR COMUNAL DE VIÑA DEL MAR EN LO REFERENTE A SU ARTÍCULO 13.2

Núm. 2.355 exenta.- Valparaíso, 30 de septiembre de 2022.

Vistos:

  1. El decreto ley N° 1.305 (V. y U.) de 1975 y sus modificaciones posteriores que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

  2. El decreto supremo N° 397 (V. y U.) de 1976 Reglamento Orgánico de las Secretarías Regionales Ministeriales.

  3. Resolución afecta N° 31/4/128 de 2013 (D.O 02.04.2014) que aprobó el Plan Regulador Metropolitano de Valparaíso.

  4. Decreto alcaldicio N° 10.949 de 2002 (D.O. 13.12.2022) de la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar que aprueba el Plan Regulador Comunal.

  5. Ord. N° 613 de fecha 11 de marzo de 2022, Ord. N° 2291 de fecha 25 de julio de 2019 de la Seremi Minvu Región de Valparaíso.

  6. Resolución exenta N° 1.685 de fecha 29 de agosto de 2014 de la Seremi Minvu Región de Valparaíso.

  7. Lo dispuesto en el inciso final del Art. 4 del DFL N° 458 (V. y U.) del año 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones, que faculta al Seremi a interpretar las disposiciones de los Instrumentos Seremi Minvu de Planificación Territorial.

  8. El memorándum N° 48/2022 suscrito por la Jefa del Departamento de Desarrollo Urbano Región de Valparaíso.

  9. La resolución N° 1.600 de 30.10.2008, del Sr. Contralor General de la República, que establece normas de exención del trámite de toma de razón.

  10. Las facultades que me confiere el DS N° 22 (V. y U.) actualmente en trámite, que nombra a la suscrita en el cargo de Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región Valparaíso.

    Considerando:

    1. Que mediante memorándum N° 48 el Departamento de Desarrollo Urbano solicitó la dictación de una resolución interpretativa del artículo 13.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (en adelante OGUC) en atención a disparidad de criterios que ha adoptado este Seremi en anteriores pronunciamientos.

    2. Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° del DFL N° 458, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones (en adelante LGUC), a las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo les corresponde supervigilar las disposiciones legales, reglamentarias, administrativas y técnicas sobre construcción y urbanización e interpretar las disposiciones de los instrumentos de planificación territorial, por lo cual la solicitud municipal se enmarca en las competencias de esta Secretaría Ministerial.

    3. Que se debe tener presente que para efectuar...

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