Resolución núm. 2310 EXENTA, publicada el 08 de Octubre de 2021. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS DE TRANSPORTE DE CARGA DE 2 Y MÁS EJES, POR RUTAS 5 Y 68, EN TÉRMINOS QUE INDICA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 876659326

Resolución núm. 2310 EXENTA, publicada el 08 de Octubre de 2021. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS DE TRANSPORTE DE CARGA DE 2 Y MÁS EJES, POR RUTAS 5 Y 68, EN TÉRMINOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS DE TRANSPORTE DE CARGA DE 2 Y MÁS EJES, POR RUTAS 5 Y 68, EN TÉRMINOS QUE INDICA

Núm. 2.310 exenta.- Valparaíso, 6 de octubre de 2021.

Visto:

La ley Nº 18.059; los artículos Nº 107, 112 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; las resoluciones Nos 39, de 1992, y 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el decreto Nº 236, de fecha 25 de mayo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el Ord. Nº 434, de fecha 4 de octubre de 2021, del Director General de Obras Públicas; la resolución Nº 7, de fecha 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, y demás normativa aplicable.

Considerando:

  1. - Que, mediante Ord. Nº 434, citado en Visto, el Director General de Obras Públicas, se indica que con motivo del próximo fin de semana largo, correspondiente a "Encuentro de Dos Mundos 2021", el Ministerio de Obras Públicas, en conjunto con Carabineros de Chile y Sociedades Concesionarias, han dispuesto diversas medidas de gestión para disminuir la congestión vehicular en los horarios de mayor demanda en las rutas que indica, por lo que solicita autorización para restringir la circulación de vehículos de carga de dos y más ejes en Rutas 5 y 68, los días 8, 9 y 11 de octubre de 2021, en los términos que indica.

  2. - Que, como es de público conocimiento, en festividades similares, se ha constatado una intensa congestión vehicular en las vías antes aludidas, debido al masivo desplazamiento de vehículos, que en ocasiones ha superado la capacidad operacional de las vías; lo que hace del todo necesario adoptar medidas puedan prevenir la ocurrencia de dicho conflicto vial.

  3. - Que, por otra parte, la circulación de vehículos de carga en los horarios de mayor flujo vehicular en dichas vías, dadas sus características dimensionales y de operación, genera una interacción con el resto de los vehículos, que aumenta los riesgos de accidentes y disminuye la velocidad promedio de circulación, lo que agrava la situación de congestión.

  4. - Que, mediante el decreto Nº 236, de 2020, citado en Vistos, se transfirió la competencia radicada en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones de prohibir por causa justificada la circulación de todo vehículo o tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas, a los gobiernos...

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