Resolución núm. 23, publicada el 13 de Septiembre de 2018. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.002, DE 2011, DE ESTA ENTIDAD FISCALIZADORA, SOBRE ORGANIZACIÓN Y ATRIBUCIONES DE LAS CONTRALORÍAS REGIONALES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA |
Rango de Ley | Resolución |
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.002, DE 2011, DE ESTA ENTIDAD FISCALIZADORA, SOBRE ORGANIZACIÓN Y ATRIBUCIONES DE LAS CONTRALORÍAS REGIONALES
Santiago, 31 de agosto de 2018.- Con esta fecha se ha resuelto lo siguiente:
Núm. 23.
Vistos:
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- Las facultades previstas en el artículo 24 de la ley Nº 10.336, sobre Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.
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- La resolución Nº 1.002, de 2011, de esta Contraloría General, sobre Organización y Atribuciones de las Contralorías Regionales.
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- Lo dispuesto en el artículo 38, inciso séptimo, del Código del Trabajo.
Considerando:
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- Que, el artículo 38, inciso séptimo, del Código del Trabajo, otorga al Director del Trabajo la facultad de autorizar, en los casos que indica, el establecimiento de sistemas excepcionales de distribución de jornadas de trabajo y descansos.
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- Que, cuando se trata de entidades públicas sometidas a la fiscalización de esta Entidad Superior, cuyos funcionarios se encuentren regidos por el mencionado estatuto, compete a este Contralor General ejercer la atribución antes aludida.
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- Que, con el propósito que la tramitación del procedimiento referido en el considerando primero se efectúe con estricto apego a los principios de eficiencia, eficacia y celeridad, se ha estimado necesario modificar la citada resolución, en el sentido de consignar expresamente la facultad de las Contralorías Regionales de autorizar o rechazar los sistemas excepcionales de distribución de jornadas de trabajo y descansos, que se ha encomendado a este Órgano de Control.
Resuelvo:
Modifíquese la resolución Nº 1.002, de 2011, de la Contraloría General de la República, que establece Organización y Atribuciones de las Contralorías Regionales, en el sentido de agregar en su artículo 9º la siguiente letra p):
"Resolver las solicitudes de establecimiento de sistemas excepcionales de distribución de jornadas de trabajo y descansos, con sujeción al artículo...
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