Resolución núm. 22 EXENTA, publicada el 27 de Enero de 2023. SUPRIME LA SUBOFICINA DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN DE 'ESPACIO URBANO LINARES' DEPENDIENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DE LINARES, REGIÓN DEL MAULE - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 921088123

Resolución núm. 22 EXENTA, publicada el 27 de Enero de 2023. SUPRIME LA SUBOFICINA DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN DE 'ESPACIO URBANO LINARES' DEPENDIENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DE LINARES, REGIÓN DEL MAULE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyResolución

SUPRIME LA SUBOFICINA DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN DE "ESPACIO URBANO LINARES" DEPENDIENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DE LINARES, REGIÓN DEL MAULE

Santiago, 20 de enero de 2023.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 22 exenta.

Vistos:

Lo establecido en el DFL Nº 1/19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en los artículos , letras c) y t), 21 y 22 de la Ley 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación; en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el DFL Nº 1, de 2009, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.290, sobre Tránsito; en el decreto Nº 22, de 2021, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que Aprueba el Reglamento del Registro de Vehículos Motorizados y deroga el decreto Nº 1111, de 1985, que aprueba el Reglamento del Registro de Vehículos Motorizados; lo señalado por la Directora Regional (S) de la Región del Maule en su ordinario DR Nº 2611, de 9 de noviembre de 2022; lo indicado en el memorándum Nº 2693, de 15 de noviembre de 2022; lo informado en el memorándum SDO. Nº 575, de 29 de noviembre de 2022, y lo señalado en las resoluciones Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fijan Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, junto con la resolución Nº 14, de 2022, del mismo Órgano Contralor, que Determina los montos en UTM a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda.

Considerando:

  1. - Que, conforme lo dispone el artículo 1º de la ley Nº 19.477, el Servicio de Registro Civil e Identificación es un servicio público, funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Justicia.

  2. - Que, conforme al artículo 3º de la ley Nº 19.477, "El Servicio velará por la constitución legal de la familia y tendrá por objeto principal registrar los actos y hechos vitales que determinen el estado civil de las personas y la identificación de las mismas". En virtud de ello, el artículo número 4 de la referida ley Nº 19.477 dispone que este Servicio tiene la función de "Establecer y registrar la identidad civil de las personas y...

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