Resolución núm. 2192 EXENTA, publicada el 15 de Septiembre de 2021. DÉJASE SIN EFECTO RESOLUCIONES QUE INDICA Y ASÍGNASE ROLES A CAMINOS DE USO PÚBLICO DE LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS |
Rango de Ley | Resolución |
DÉJASE SIN EFECTO RESOLUCIONES QUE INDICA Y ASÍGNASE ROLES A CAMINOS DE USO PÚBLICO DE LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA
Núm. 2.192 exenta.- Santiago, 25 de agosto de 2021.
Vistos:
El decreto MOP Nº 301 de 2011, que deja sin efecto decreto MOP Nº 556 del 13/06/1969 y el decreto MOP Nº 3 del 07/01/2011 (Sin Tramitar), y aprueba nuevo decreto que establece normas para la numeración y clasificación de caminos; el decreto MOP Nº 436 de 2014, que modifica el decreto MOP Nº 301 de 2011; el decreto MOP Nº 295 de 1992, que asigna rol y declara Camino Internacional a ruta que indica; el decreto MOP Nº 2.164 de 1998, que declara camino nacional; el decreto MOP Nº 121 de 2009, que declara caminos nacionales; el decreto MOP Nº 126 de 2009, que modifica denominación de camino nacional Ruta 1; el decreto MOP Nº 286 de 2011, que modifica y declara caminos nacionales, II Región de Antofagasta; la resolución Nº 2.136 de 2000, que ratifica Roles de caminos públicos; la resolución D.V. (Exenta) Nº 9.598 de 1998, que asigna Rol a camino que indica; la resolución D.V. (Exenta) Nº 5.913 de 2002, que asigna Rol a camino que indica; la resolución D.V. (Exenta) Nº 5.401 de 2009, que ratifica roles de caminos Región de Antofagasta; Ord. Nº 677 de 18/05/2020, mediante el que se remiten Formularios de Alargue y de Cambio de Trazados; Ord. Nº 5598 de 19/06/2020, mediante el que se remiten observaciones realizadas a Formulario de Extensión de Camino; Ord. Nº 1057 de 20/07/2020, por el que se adjunta formulario corregido; Ord. Nº 954 de 03/07/2020, por el que se solicita Desenrolar Caminos y Tramos de Caminos de la Red Vial Región de Antofagasta; el decreto MOP Nº 1.463 de 2002, que declara caminos públicos, en las áreas urbanas de la II Región de Antofagasta, a las calles o avenidas que indica; el decreto MOP Nº 1.055 de 1997, que declara Caminos Nacionales con carácter de Internacionales; lo dispuesto en el DFL MOP Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 15.840, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, Ley de Caminos y la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1) Que, la Dirección de Vialidad debe servir con objetividad a los intereses generales, y actuar de acuerdo con los principios de eficacia y coordinación que rigen a la Administración Pública.
2) Que, se requiere mantener actualizado el catastro de caminos de la Red Vial Nacional que atiende la Dirección de...
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