Resolución núm. 205 EXENTA, publicada el 16 de Febrero de 2023. ESTABLECE NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL DEPARTAMENTO DE INSPECCIÓN Y DEROGA RESOLUCIÓN QUE INDICA - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 923368668

Resolución núm. 205 EXENTA, publicada el 16 de Febrero de 2023. ESTABLECE NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL DEPARTAMENTO DE INSPECCIÓN Y DEROGA RESOLUCIÓN QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyResolución

ESTABLECE NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL DEPARTAMENTO DE INSPECCIÓN Y DEROGA RESOLUCIÓN QUE INDICA

Núm. 205 exenta.- Santiago, 10 de febrero de 2023.

Vistos:

1) Los artículos , N° 1 letra a); 5°, letra f) y del DFL N° 2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo.

2) Los artículos 3, 12, 31 y 32, de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

3) El artículo 48 de la ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.

4) El decreto supremo N°38, de 19 de abril de 2022, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que nombra Director del Trabajo a persona que indica.

5) La resolución N° 7, de fecha 26.03.2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

6) La resolución N° 1.492, de 30 de diciembre de 2020, de la Directora del Trabajo de la época.

Considerando:

1) Que, el programa de gobierno del Presidente Gabriel Boric ha señalado como eje transversal de gobierno el objetivo del Trabajo Decente. Siendo un compromiso del Supremo Gobierno fortalecer y modernizar la institucionalidad laboral.

2) Que, por su parte, el Director del Trabajo ha establecido la necesidad de impulsar cambios que vayan orientados al aumento de cobertura y oportunidad de respuesta que apalanquen el marco de acción en búsqueda del aseguramiento del Trabajo Decente.

3) Que, la estructura del Departamento de Inspección debe propender a comunicación efectiva con los niveles desconcentrados de la línea y lograr mayor efectividad, eficacia, eficiencia y cobertura. Además, es necesario que la estructura departamental permita avanzar en descentralizar tareas de planificación y gestión de control a los niveles regionales y resulta necesario transitar de una gestión basada en el requerimiento, evidenciada en indicadores de tiempos de respuesta, a una gestión que propenda a la calidad y la presencia.

4) Que, la actual estructura y planificación del Departamento de Inspección no da cuenta de procesos ni se hace cargo de los principales elementos de una buena fiscalización, por lo tanto, se hace necesario realizar acciones de cambio inmediato en términos estructurales, estratégicos y operativos.

5) Que, es necesario adecuar la estructura orgánica del Departamento de Inspección, con el objeto de abordar con éxito los desafíos, determinando una nueva organización y funciones, de tal modo que permitan alcanzar los niveles de efectividad, eficacia y eficiencia y cobertura, propendiendo a la búsqueda del trabajo decente.

6) Que, la nueva estructura Departamental entonces se enmarcará en configurar una reingeniería a nivel estructural, funcional y operativo que permita generar un proceso de fiscalización que resguarde el derecho de las y los trabajadores.

Resuelvo:

  1. Establézcase una nueva estructura orgánica y funcional del Departamento de Inspección, en los siguientes términos:

    1. La estructura orgánica del Departamento de Inspección está compuesta por una(o) Jefa(e) de Departamento, una(o) Subjefa(e), que conforman su nivel directivo; cuatro (4) Unidades que se denominan: Unidad de Procesos de Fiscalización Focalizada, Unidad de Seguridad y Salud en el Trabajo, Unidad de Gestión y Control de Procedimientos, Unidad de Planes y Sistemas Tecnológicos y una Secretaría Departamental.

    2. Las funciones de la nueva estructura del Departamento de Inspección serán las siguientes:

      2.1. Jefe(a) de Departamento: dependiente jerárquicamente de la Autoridad Superior de la Institución, le corresponderá:

      2.1.1. Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar la función de fiscalización que compete al Servicio.

      2.1.2. Definir las estrategias requeridas para alcanzar los objetivos departamentales y controlar su implementación.

      2.1.3. Administrar el presupuesto Departamental y controlar su ejecución anual.

      2.1.4. Responder a requerimientos de la superioridad del Servicio, expresados en nuevos encargos estratégicos o asignación de tareas adicionales a las permanentes.

      2.2. Subjefe(a) se Departamento:

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