Resolución núm. 204 EXENTA, publicada el 16 de Febrero de 2023. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº 382 EXENTA, DE 2019, EN LOS TÉRMINOS QUE SE SEÑALA Y ESTABLECE NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCALÍA - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 923368582

Resolución núm. 204 EXENTA, publicada el 16 de Febrero de 2023. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº 382 EXENTA, DE 2019, EN LOS TÉRMINOS QUE SE SEÑALA Y ESTABLECE NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCALÍA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyResolución

DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº 382 EXENTA, DE 2019, EN LOS TÉRMINOS QUE SE SEÑALA Y ESTABLECE NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCALÍA

Núm. 204 exenta.- Santiago, 10 de febrero de 2023.

Vistos:

  1. - Lo dispuesto en los artículos 4, Nº 1 letra d), 5, letras b), c), f) y o), 7 y 11 del DFL Nº 2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo.

  2. - Lo establecido en los artículos 2, 3, 5, 8, 11, 13, 17, 31, 32 y 36 de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado, fue fijado en el DFL Nº 1 (19.653), de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

  3. - Lo preceptuado en la ley Nº 18.834, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda.

  4. - Lo señalado en el artículo 48 de la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.

  5. - La resolución exenta Nº 382, de 22 de marzo de 2019, que estableció la nueva estructura orgánica y funcional del Departamento Jurídico de la Dirección del Trabajo, del señor Director del Trabajo, de la época.

  6. - La resolución exenta Nº 1.198, de 11 de noviembre de 2022, del señor Director del Trabajo, que deja sin efecto la resolución exenta Nº 1.542, de 2003, en los términos que señala y establece la nueva estructura orgánica y funcional de la Oficina de Contraloría.

  7. - El decreto supremo Nº 38, de 19 de abril de 2022, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social que nombra Director del Trabajo a persona que indica.

  8. - La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención de trámite de toma de razón.

    Considerando:

  9. - Que, la Misión de la Dirección del Trabajo, consiste en promover, proteger y garantizar los derechos laborales, implementando mecanismos que fortalezcan el diálogo social, y fiscalizando el efectivo cumplimiento de la legislación laboral, previsional y de seguridad y salud en el trabajo, que permitan construir modelos de relaciones laborales justas y equitativas entre trabajadores y trabajadoras, empleadores y empleadoras y organizaciones sindicales.

  10. - Que, la misión Institucional ha definido la necesidad de modernizar la estructura orgánica y funcional del Departamento Jurídico y Fiscalía, de acuerdo con las funciones que actualmente desarrolla al interior de la Dirección del Trabajo, acorde a los procesos de modernización estatal, atendida la normativa vigente, así como el principio de probidad y legalidad de los actos de la Administración, en virtud del principio de primacía de la realidad.

  11. - Que, la Visión del Departamento Jurídico y Fiscalía consiste en ser un Departamento técnico profesional a la vanguardia en temas laborales y de defensa judicial del Servicio, respondiendo de manera oportuna y eficiente a los requerimientos de nuestros usuarios internos, empleadores, trabajadores y organizaciones sindicales.

  12. - Que, a su vez la Misión del Departamento Jurídico y Fiscalía es promover y contribuir al cumplimiento de la legislación laboral fijando su sentido y alcance, proporcionando asesoría jurídica laboral y defensa judicial del Servicio; tutelar el ejercicio de los DDFF aportando al desarrollo de las relaciones laborales justas y decentes entre empleadores, trabajadores y organizaciones sindicales.

  13. - Que, la necesidad de modificar la estructura orgánica y funcional del Departamento Jurídico y Fiscalía responde a la exigencia de contar con una estructura adecuada a los actuales requerimientos institucionales, así como a los nuevos desafíos y modernización del Servicio.

    Resuelvo:

    1. Dispóngase como nueva denominación del Departamento Jurídico y Fiscalía la siguiente: "Departamento Jurídico".

    2. Establézcase, una nueva estructura orgánica y funcional del Departamento Jurídico, la que estará compuesta por una Jefatura de Departamento y cuatro unidades operativas con sus respectivas jefaturas, las cuales se denominarán:

  14. Unidad de Gestión y Control Interno.

  15. Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

  16. Unidad de Coordinación Jurídico Laboral y Derechos Fundamentales.

  17. Unidad de Defensa Judicial.

    Además, el Departamento Jurídico contará con una Secretaría de Departamento que realizará apoyo administrativo para la Jefatura del Departamento y la Unidad de Gestión y Control Interno; y tres Secretarías para el apoyo administrativo de cada una de las restantes Unidades.

    1. Fíjense como funciones de la Jefatura de Departamento, las siguientes:

      1. Organizar, dirigir, controlar y coordinar el funcionamiento del Departamento.

      2. Asesorar al Director del Trabajo en materias jurídicas vinculadas con las atribuciones y funciones que la ley le ha conferido, dentro del ámbito de la competencia del Departamento, pudiendo recurrir para estos efectos a sus unidades operativas y apoyar a los funcionarios a nivel nacional en dichas materias.

      3. Ejercer el control, gestión y dirección funcional a través de las Coordinaciones Jurídicas Regionales, siendo intermediario de la consistencia, coherencia y homogenización del...

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