Resolución núm. 202100699, publicada el 20 de Abril de 2021. DISPONE MEDIDAS PARA LA REALIZACIÓN DE JUNTAS GENERALES DE SOCIOS CONSTITUTIVAS Y SESIONES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Y DEMÁS ÓRGANOS INTERNOS DE LAS COOPERATIVAS POR MEDIOS REMOTOS O ELECTRÓNICOS - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 864658472

Resolución núm. 202100699, publicada el 20 de Abril de 2021. DISPONE MEDIDAS PARA LA REALIZACIÓN DE JUNTAS GENERALES DE SOCIOS CONSTITUTIVAS Y SESIONES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Y DEMÁS ÓRGANOS INTERNOS DE LAS COOPERATIVAS POR MEDIOS REMOTOS O ELECTRÓNICOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

DISPONE MEDIDAS PARA LA REALIZACIÓN DE JUNTAS GENERALES DE SOCIOS CONSTITUTIVAS Y SESIONES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Y DEMÁS ÓRGANOS INTERNOS DE LAS COOPERATIVAS POR MEDIOS REMOTOS O ELECTRÓNICOS

Núm. RAEX202100699.- Santiago, 14 de abril de 2021.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 24, 25, 26, 108, incisos y , letras a) y d), todos de la Ley General de Cooperativas, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley Nº 5 de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en la ley Nº 21.306, de 2020, que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del Sector Público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales; en los artículos 44 bis y 54 y siguientes, del Reglamento de la Ley General de Cooperativas, aprobado por decreto N° 139, de 2018, del citado Ministerio; en los decretos supremos Nº 104, Nº 269; Nº 400 y Nº 646, todos de 2020, y Nº 72, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) calificó como pandemia el brote mundial de Covid-19, enfermedad infecciosa causada por el coronavirus.

  2. Que, mediante el decreto Nº 4, de 5 de febrero de 2020, del Ministerio de Salud, publicado con fecha 8 de marzo, se declaró alerta sanitaria en todo el territorio de la República de Chile, con el objeto de enfrentar la amenaza a la salud pública producida por la propagación a nivel mundial del referido virus, por el período de un año, sin perjuicio de la facultad de dicho Ministerio de poner término anticipado si las condiciones sanitarias así lo permiten o de prorrogarlo en caso de que estas no mejoren.

  3. Que, mediante decreto supremo Nº 72, de 11 de marzo de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se prorrogó nuevamente el estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio chileno, decretado por medio del decreto supremo Nº 104, de 18 de marzo de 2020, de la misma repartición de Estado.

  4. Que, debido a la situación excepcional descrita en los considerandos precedentes, mediante Resolución Administrativa Exenta Nº 726, de 17 de marzo de 2020, del entonces Departamento de Cooperativas, actual División de Asociatividad y Cooperativas en virtud de la ley Nº 21.306, se dispuso que todas las cooperativas podían celebrar sus juntas generales de socios, obligatorias o especialmente citadas, por medios remotos o electrónicos, hayan establecido o no dicha posibilidad en sus estatutos, detallando la citada normativa, los estándares y requisitos que deben cumplir las cooperativas para tales efectos.

  5. Que, la resolución exenta singularizada en el numeral anterior, no incluyó expresamente la posibilidad de que los interesados en crear una cooperativa pudiesen celebrar la junta general constitutiva a través de un medio remoto o electrónico, situación que, debido a lo expuesto en los considerandos precedentes, se ha hecho necesario regular en el presente acto administrativo.

  6. Que, por su parte, el consejo de administración de las cooperativas tiene a su cargo la administración superior de los negocios sociales, representándola judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto social, de acuerdo con lo dispuesto en el...

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