Resolución núm. 198 EXENTA, publicada el 15 de Marzo de 2024. REVOCA DELEGACIÓN Y DELEGA FACULTADES EN RELACIÓN AL PROYECTO FOLIO N° 697948, EN EL MARCO DEL CONCURSO PÚBLICO DEL FONDO NACIONAL DE FOMENTO Y DESARROLLO DE LAS ARTES ESCÉNICAS, LÍNEA DE BECAS CHILE CREA, CONVOCATORIA 2024
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO |
Rango de Ley | Resolución |
REVOCA DELEGACIÓN Y DELEGA FACULTADES EN RELACIÓN AL PROYECTO FOLIO N° 697948, EN EL MARCO DEL CONCURSO PÚBLICO DEL FONDO NACIONAL DE FOMENTO Y DESARROLLO DE LAS ARTES ESCÉNICAS, LÍNEA DE BECAS CHILE CREA, CONVOCATORIA 2024
Núm. 198 exenta.- Valparaíso, 5 de febrero de 2024.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley N° 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto, refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de bases generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 21.175, que crea el Fondo Nacional de Fomento y Desarrollo de las Artes Escénicas y su reglamento; en la resolución exenta N° 1.332, que aprueba bases de concurso público; en la resolución exenta N° 2.761, de 2023, que destina recursos y fija selección; ambas dictadas en el marco de la convocatoria 2024, de la línea Becas Chile Crea, convocatoria 2024; y en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
Que la ley N° 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, en adelante "el Ministerio", establece que será la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad, reconociendo y valorando las culturas de los pueblos indígenas, la diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados dicha la ley.
Que el artículo 4 de la referida ley indica que el Ministerio contemplará dentro de su estructura orgánica a la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, y a las Secretarías Regionales Ministeriales.
Que la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, conforme con los artículos 7 y 8, estará a cargo de una Subsecretaria, quien será la jefa superior del Servicio y superior jerárquica de las Secretarías Regionales Ministeriales, a quien corresponderá desempeñar las funciones que...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba