Resolución núm. 1937 EXENTA, publicada el 04 de Abril de 2020. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.652 EXENTA, DE 2018, QUE SUSPENDE LA APLICACIÓN DEL INCISO PRIMERO DEL NUMERAL 35 DE LA RESOLUCIÓN Nº 1.557, DE 2014, QUE ESTABLECE EXIGENCIAS PARA LA AUTORIZACIÓN DE PLAGUICIDAS - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 917970206

Resolución núm. 1937 EXENTA, publicada el 04 de Abril de 2020. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.652 EXENTA, DE 2018, QUE SUSPENDE LA APLICACIÓN DEL INCISO PRIMERO DEL NUMERAL 35 DE LA RESOLUCIÓN Nº 1.557, DE 2014, QUE ESTABLECE EXIGENCIAS PARA LA AUTORIZACIÓN DE PLAGUICIDAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.652 EXENTA, DE 2018, QUE SUSPENDE LA APLICACIÓN DEL INCISO PRIMERO DEL NUMERAL 35 DE LA RESOLUCIÓN Nº 1.557, DE 2014, QUE ESTABLECE EXIGENCIAS PARA LA AUTORIZACIÓN DE PLAGUICIDAS

Núm. 1.937 exenta.- Santiago, 20 de marzo de 2020.

Vistos:

La Ley Nº18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto con fuerza de ley RRA Nº 16, de 1963, del Ministerio de Hacienda, sobre Sanidad y Protección Animal; el decreto ley Nº 3.557, sobre Protección Agrícola; la Ley Nº19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; la Ley Nº 20.089, que Crea el Sistema de Certificación de Productos Orgánicos Agrícolas; los decretos supremos Nº 719, de 1989, que Promulga el Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono y sus Anexos I y II; Nº 238, de 1990, que Promulga el Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono, de 16 de septiembre de 1987; el decreto Nº 37, de 2005, que Promulga el Convenio de Rotterdam para la Aplicación del Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional, y el decreto Nº 38, de 2005, que Promulga el Convenio de Estocolmo, sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores; las resoluciones Nºs. 1.557, de 2014, 1.208 de 2016, Nº 1.400, de 2015, Nº 7.341, de 2012, Nº 5.392, de 2009, Nº 6.666, de 2009, Nº 1.297, de 2007, Nº 1.038, de 2003, Nº 1.404, de 2003, Nº 92, de 2002, Nº 2.229, de 2001, Nº 2.195, de 2000, Nº 2.196, de 2000, Nº 2.198, de 2000 y Nº 5.482, de 2016, todas del Servicio Agrícola y Ganadero, y la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y el decreto Nº 112, de 2018, del Ministerio de Agricultura, que nombra Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero.

Considerando:

  1. Que es competencia del Servicio Agrícola y Ganadero regular, restringir o prohibir la fabricación, importación, exportación, distribución, venta, tenencia y aplicación de los plaguicidas.

    2, Que, la resolución exenta Nº 2.652, de fecha 7 de mayo de 2018, que suspende la aplicación del inciso primero del numeral 35 de la resolución Nº 1.557, de 2014, del Servicio, que establece exigencias para la autorización de plaguicidas, no considera todos los plaguicidas ingresados antes de su fecha de emisión.

  2. Que, el plaguicida Nordox Super 75 WG...

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