Resolución núm. 1858 EXENTA, publicada el 23 de Septiembre de 2023. ESTABLECE EL USO OBLIGATORIO DEL SISTEMA DE RENDICIÓN ELECTRÓNICA DE CUENTAS (SISREC) POR LOS SERVICIOS PÚBLICOS, MUNICIPALIDADES Y DEMÁS ORGANISMOS Y ENTIDADES OTORGANTES, QUE TRANSFIEREN RECURSOS PÚBLICOS IMPUTADOS A LOS SUBTÍTULOS 24 Y 33 DEL CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO, EN LAS CONDICIONES QUE INDICA - CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 945696738

Resolución núm. 1858 EXENTA, publicada el 23 de Septiembre de 2023. ESTABLECE EL USO OBLIGATORIO DEL SISTEMA DE RENDICIÓN ELECTRÓNICA DE CUENTAS (SISREC) POR LOS SERVICIOS PÚBLICOS, MUNICIPALIDADES Y DEMÁS ORGANISMOS Y ENTIDADES OTORGANTES, QUE TRANSFIEREN RECURSOS PÚBLICOS IMPUTADOS A LOS SUBTÍTULOS 24 Y 33 DEL CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO, EN LAS CONDICIONES QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorCONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE EL USO OBLIGATORIO DEL SISTEMA DE RENDICIÓN ELECTRÓNICA DE CUENTAS (SISREC) POR LOS SERVICIOS PÚBLICOS, MUNICIPALIDADES Y DEMÁS ORGANISMOS Y ENTIDADES OTORGANTES, QUE TRANSFIEREN RECURSOS PÚBLICOS IMPUTADOS A LOS SUBTÍTULOS 24 Y 33 DEL CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO, EN LAS CONDICIONES QUE INDICA

Núm. 1.858 exenta.- Santiago, 15 de septiembre de 2023.

Vistos:

Lo dispuesto en la Constitución Política de la República; en la ley N° 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado; y lo dispuesto en la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 98 de la Constitución Política de la República, corresponde a la Contraloría General, entre otras funciones, ejercer el control de la legalidad de los actos de la Administración; fiscalizar el ingreso y la inversión de los fondos del Fisco, de las municipalidades y de los demás organismos y servicios que determinen las leyes; y examinar y juzgar las cuentas de las personas que tengan a su cargo bienes de esas entidades.

Que, el artículo 60 de la ley N° 10.336 dispone que todo funcionario cuyas atribuciones permitan o exijan la tenencia, uso, custodia o administración de fondos o bienes a que se refiere el artículo 1° de ese cuerpo legal, será responsable de éstos, en conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias, precisando en su artículo 61 que los funcionarios que tengan a su cargo fondos o bienes de los señalados en el artículo anterior serán responsables de su uso, abuso o empleo ilegal y de toda pérdida o deterioro de los mismos que se produzca, imputables a su culpa o negligencia.

Que, la Contraloría General, mediante resolución N° 30, de 2015, fijó Normas de Procedimiento sobre Rendición de Cuentas.

Que, la Contraloría promueve la utilización de herramientas informáticas para gestionar los procesos internos, y atendido el alto costo asociado al desarrollo de tales sistemas por parte de los propios organismos objeto de su fiscalización, estimó conveniente diseñar y construir la plataforma tecnológica denominada "Sistema de Rendición Electrónica de Cuentas", en adelante también "SISREC", para que las entidades públicas y privadas realicen la rendición de cuentas de la ejecución de recursos públicos, utilizando documentación electrónica y digital.

Que, la Contraloría, como parte integrante de la Administración del Estado, está obligada a observar los principios de responsabilidad, eficiencia, eficacia, coordinación y control, entre otros.

Que, el interés general exige el empleo de medios idóneos de diagnóstico, decisión y control para concretar, dentro del...

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